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Actos de corrupción en sector privado serán sancionados hasta con 4 años de prisión

Se sancionará a los socios, accionistas o gerentes que reciban algún tipo de beneficio económico
Actos de corrupción en sector privado serán sancionados hasta con 4 años de prisión

Rocío Mendoza

Actualizado el 04/09/2018, 04:39 p.m.

Los actos de corrupción cometidos dentro del ámbito privado serán sancionados a partir de ahora hasta con 4 años de pena privativa de la libertad, inhabilitación y días multa. Así quedó establecido en el Decreto Legislativo N° 1385 aprobado por el Consejo de Ministros, impulsado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) y que ha sido publicado hoy en el diario El Peruano.

La norma, que modifica el Código Penal, establece que se sancionará a los socios, accionistas o gerentes que reciban algún tipo de beneficio económico indebido para generar alianzas ilegales en perjuicio de la libre competencia empresarial y de la empresa a la que pertenece. 

Del mismo modo, se castigará al particular que ofrece beneficios a cambio de algún tipo de trato especial o diferenciado. 

Por ejemplo, una empresa minera requiere contar con los servicios de otra empresa constructora para la ampliación de su planta concentradora, para lo cual convoca a licitación. Toda la operación tendrá un costo de 20 millones de dólares. En ese contexto, el gerente general de la constructora “X SA” contacta al gerente de operaciones de la minera para ofrecerle un pago de 500 mil dólares a cambio de que favorezca a su representada en la licitación, descalificando a sus demás competidores; de modo que sean elegidos para la ejecución de la obra, lo que finalmente se concreta generando un evidente perjuicio a los demás competidores y al mercado. 

Así, esta figura similar a un acto de cohecho o comúnmente conocido como “coima” en el ámbito público, está siendo trasladada al ámbito privado, con lo cual se cubre un vacío de punibilidad, pues hasta este momento esos casos no podían ser sancionados y se generaba una cultura de normalización de conductas corruptas entre las empresas. 

La anterior regulación solo alcanza el ámbito administrativo y sanciones pecuniarias. Con la promulgación de esta norma recibirán sanción penal los actos de corrupción que afecten el normal desarrollo de las relaciones comerciales y la competencia leal entre las empresas. 

La corrupción privada es delito en diversos países latinoamericanos y europeos.

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