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Alan García califica de "muy grave" fallo judicial que permite reducción del sueldo de trabajadores

Tras sentencia de la Corte Suprema con o sin el consentimiento del trabajador cuando la empresa explique los motivos
Alan García califica de "muy grave" fallo judicial que permite reducción del sueldo de trabajadores

Diego Ayma

Actualizado el 22/09/2016, 12:36 p.m.

El expresidente Alan García se pronunció hoy sobre la sentencia de la Corte Suprema del Poder Judicial que abrió el camino para que los empleadores reduzcan los sueldos, con o sin consentimiento del o de los trabajadores, siempre y cuando la empresa explique los motivos, como la necesidad de garantizar la estabilidad y el equilibrio económicos de la empresa.

“Muy grave el fallo judicial que permite la reducción del sueldo 'con o sin el consentimiento del trabajador'”, indicó en su cuenta de Twitter.

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Puede leer: Reducción de sueldos: Ministro de Trabajo descarta rebaja unilateral pese a fallo

Cabe resaltar que la casación Número 00489 - 2015 de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, que resuelve fallar a favor de la reducción de los sueldos, deja de lado otro anterior, que prohibía la reducción de salarios.

REQUISITOS. Según el fallo emitido ayer, la reducción de sueldos se dará bajo dos escenarios.

Primero, podrá reducirse el sueldo en consenso, entre empleado y empleador.

“Que sea autorizada por el trabajador afectado en forma expresa, sin que deje lugar a dudas de su voluntad, lo que implique no medie intimidación, coacción y/o violencia que vicien su manifestación de voluntad”, indica el fallo.

En el segundo escenario, que más polémica ha originado, se faculta al empleador la reducción de sueldo en forma unilateral.

Al respecto, según la Sala Suprema, la empresa o el empleador podrá rebajar el sueldo sin el consentimiento del trabajador, siempre y cuando, la empresa o empleador, pueda demostrar que atraviesan por una inestabilidad económica.

“En tal sentido, esta decisión resultará viable si se expresa los motivos por los que así se procede (por ejemplo, garantizar la estabilidad y el equilibrio económicos del Estado -o en su caso de una empresa-) o se invoca la ley que la justifique”, dice a letra el documento.

SUELDO MÍNIMO.  Sin embargo, el empleador que de forma unilateral decida reducir sueldos, no podrá hacerlo por debajo del sueldo mínimo o remuneración mínima vital (RMV).

Sin embargo, según Miguel Rubio, gerente del área Legal de EY, los empleadores podrían apelar a sendas hostilizaciones para obligar a un trabajador a reducirle el sueldo de forma unilateral, sin mayor razón.

Frente a ello, según explicó, el trabajador puede pedir una inspección a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) para verificar la reducción indebida de sueldos.

“En el supuesto que Sunafil verifique que esto es así, podrá multar al empleador por una ‘infracción grave’”, precisó el letrado.

Al respecto, el laboralista Jorge Toyama señaló que la Ley 9463 permite la reducción de forma consensuada, pero que es necesario que el Congreso haga las precisiones sobre cuándo un empleador podrá reducir sueldos, de forma unilateral, siempre que no esté por debajo de la RMV.

Puede leer:

#NiUnSolMenos: Convocan a marcha contra rebaja de sueldos

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