La decisión del fiscal de la Nación (encargado), Pablo Sánchez, de abrir investigación preliminar al presidente Pedro Castillo por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada, podría dar pie al comienzo de una serie de procedimientos que van desde el levantamiento de su secreto bancario, tributario y de las comunicaciones -a consideración de la Fiscalía- hasta una acusación constitucional.
Diversos constitucionalistas y juristas han coincido en calificar de acertada la interpretación del artículo 177 de la Constitución por parte del fiscal Sánchez, al incorporar al mandatario en la pesquisa al exministro Juan Silva y seis congresistas de Acción Popular (más conocidos como ‘Los Niños’), por integrar una presunta organización criminal al interior de la cartera de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Como se sabe, el citado apartado de la Carta Magna dispone que el presidente solo puede ser acusado, durante su mandato, por cuatro supuestos: traición a la patria, impedir las elecciones generales, disolver el Congreso fuera del marco constitucional e impedir la labor de los organismos electorales.
LECTURA. El abogado penalista Mario Amoretti es, precisamente, uno de los juristas que califica de correcta la decisión del titular del Ministerio Publico.
Respecto a la investigación preparatoria abierta, sostuvo que Pablo Sánchez debe pedir en un breve plazo -pues sostuvo que son procedimientos básicos en una investigación de esta índole- el levantamiento del secreto bancario, tributario y telefónico no solo del jefe de Estado, sino también de su entorno.
Detalló que esta etapa de la pesquisa empieza normalmente con un plazo de 20 a 60 días, pero que se puede solicitar una ampliación de hasta 36 meses. Agregó que si la investigación llega a la etapa preparatoria, esta también puede prolongarse hasta por tres años.
En conversación con Correo, Amoretti refirió que antes de pasar a la fase preparatoria, el fiscal supremo Sánchez deberá enviar el caso al Congreso. El Legislativo podría, entonces, recoger indicios o elementos probatorios del respectivo expediente, de los cuales se podría derivar una nueva acusación constitucional contra Castillo.
COMPATIBLE. El abogado constitucionalista Joseph Campos manifestó que la investigación en etapa preliminar, que permite obtener y conservar pruebas, no debería entorpecer la labor presidencial si se “armoniza correctamente” bajo parámetros de actuación fiscal.
Campos también sostuvo que, eventualmente, se podrá disponer de acciones como el levantamiento de los secretos bancario, tributario y telefónico al jefe de Estado, pues “no es intocable”.
El letrado explicó que la indagación preliminar “se establece con mínimos estándares de sospecha” y que con lo escuchado y visto hasta el momento “es más que suficiente” para disponer su inicio.
Recalcó que si bien “no existe, en estricto, una regulación” sobre el alcance de la investigación preliminar, se podría establecer con razonabilidad “lo que significa la etapa de apreciación de pruebas”.
“Creo que lo que ciertamente importa en este momento es su declaración indagatoria, el levantarle los secretos tributarios, bancarios, telefónico -con la reserva que corresponde- a efecto de que, efectivamente, se pueda tener una ‘foto’ que se conserve hasta el momento en que se le pueda procesar desde la acusación”, refirió en diálogo con RPP.
Precisó que las actuaciones mencionadas que podría emprender el Ministerio Público no pueden interpretarse como perjudiciales a la actividad de Castillo como gobernante.
Por su parte, el constitucionalista Aníbal Quiroga manifestó que la existencia de diversos indicios y medios probatorios que darían cuenta de una red criminal instalada en el Gobierno justifica la actuación del fiscal de la Nación.
Quiroga sostuvo que dado el impacto político, es posible que lo iniciado por la Fiscalía dé lugar a una acusación constitucional más adelante, la que el Parlamento tendrá que evaluar.
“Si esto acaba en una acusación constitucional, la acusación va a al Congreso. La autoridad que resuelve la acusación constitucional no es el Poder Judicial, sino el Congreso. Va a terminar, tarde o temprano, en una decisión del Pleno”, refirió a Correo.
Este punto lo abordó también la legisladora Gladys Echaíz, de Alianza para el Progreso (APP), quien sostuvo que si se desarrolla una investigación preliminar en la que se acopien datos que permitan formular una denuncia constitucional, esta llegaría al Parlamento para su evaluación. Recordó que el mandatario tiene derecho a antejuicio político.
La también exfiscal de la Nación añadió que si bien el Congreso no puede acusar al jefe de Estado, puede tomar en cuenta los indicios para el juicio político o “los efectos del artículo 113 de la Constitución, que habla de la incapacidad moral permanente”.
EN DESACUERDO. El abogado constitucionalista Erick Urbina, en tanto, consideró que una denuncia constitucional no entraría en el escenario en este momento, dada las restricciones de las causales establecidas en el artículo 117. Sin embargo, afirmó que esta figura se podrá aplicar cuando Castillo deje Palacio de Gobierno.
“Si es que el presidente va a ser acusado por la Fiscalía de la Nación por estos supuestos delitos, aún ahí tiene el derecho al antejuicio político. Esto es una prerrogativa que tiene y que se prolonga cinco años después de su mandato”, explicó a este diario.
En otro momento, adelantó que es poco probable que prospere el pedido de nulidad interpuesto por la defensa del mandatario, desenlace que también le esperaría a un eventual algún recurso de amparo o hábeas corpus.
Respecto al recurso de nulidad presentado por los abogados del mandatario, la presidenta del Poder Judicial (PJ) Elvia Barrios señaló que la solicitud “será materia de pronunciamiento judicial”.