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El fiscal coordinador contra el crimen organizado, Jorge Chávez Cotrina, indicó que hay leyes que fueron promulgadas por el Gobierno y el Congreso que permiten la liberación de delincuentes. Así, respondió a las críticas respecto de que los representantes del Ministerio Público estarían liberando delincuentes que captura la Policía Nacional.
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Jorge Chávez Cotrina dio estas declaraciones durante su intervención en el evento “Comprometidos por la seguridad ciudadana: enfrentando juntos los retos y desafíos”, organizado por la Cámara de Comercio de Lima y que contó con la presencia de gremios y representantes de la sociedad civil.
El fiscal sostuvo que las normas recientemente aprobadas dificultan la aplicación de la prisión preventiva al requerir penas mínimas más altas. “Para que una persona sea sometida a prisión preventiva, el delito debe tener una pena mínima de cinco años. Antes solo se requerían cuatro años”, indicó.
Chávez Cotrina resaltó que dicha modificación permite que más personas acusadas de crímenes graves evadan la cárcel.
Asimismo, el fiscal coordinador contra el crimen organizado indicó que las leyes actuales eximen de prisión a jóvenes entre 18 y 25 años sin antecedentes penales, si la condena no supera los ocho años, lo cual facilita la reincidencia en actividades delictivas.
“Si la policía detiene a un joven de 18 a 25 años sin antecedentes y la pena es menor a ocho años, no hay forma de meterlo a la cárcel. Las normas actuales facilitan su liberación”, subrayó.
Sostuvo que tanto la Fiscalía como la Policía Nacional carecen de personal y tecnología, lo cual frena investigaciones fundamentales contra la criminalidad y delincuencia. Además, la escasez de personal y la falta de laboratorios de criminalística afectan la capacidad de la policía para procesar pruebas de manera efectiva.
Lamentó que el propio Ejecutivo, con su política de despenalización, ha aumentado los requisitos para solicitar la prisión preventiva.
Ley 32108
Chávez Cotrina además refirió que el Congreso retrocedió parcialmente sobre la Ley 32108 gracias a que los ciudadanos salieron a protestar. “Gracias justamente a que la población salió a marchar, el Congreso de la República retrocedió y derogó tácitamente y parcialmente la norma 32108 en el sentido de que los allanamientos se van a llevar a cabo con o sin presencia del investigado, pero siempre con la presencia del abogado de la defensa pública”, señaló.
“Hay que entender que para el allanamiento la Policía ya la Fiscalía no necesita la presencia del abogado. La presencia del abogado es el paso siguiente, que es el registro”, agregó.
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