El pleno del Congreso aprobó la ley que modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal para endurecer las sanciones contra los policías y militares que hayan incurrido en delitos.
La iniciativa legal busca precisar los alcances del delito de función y regular las competencias del fuero privativo. De este modo, la reforma legislativa establece de manera explícita que las acciones presuntamente ilícitas cometidas por el personal policial y militar en actividad durante actos de servicio, acciones de armas o estados de emergencia serán calificadas como delitos de función.
Delitos graves
La normativa aprobada establece sanciones más severas contra los integrantes de las fuerzas del orden que actúen de forma coludida o infiltrada con bandas u organizaciones criminales, o que les proporcionen armas, entrenamiento o apoyo logístico.
Las penas privativas de la libertad aplicables para estos casos fluctúan entre los 20 y 30 años de prisión efectiva, señala el dispositivo.
Asimismo, la propuesta legal sanciona hasta con la pena de cadena perpetua a los efectivos que colaboren con las mafias si dicha cooperación directa causa la muerte de una personas.
“La propuesta responde a vacíos normativos que actualmente generan conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la militar policial, además de atender el creciente riesgo de infiltración criminal en las instituciones encargadas de la seguridad del país”, señaló la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, Karol Paredes, durante la sustentación del dictamen.
La reforma, no obstante, señala de manera explícita que las acciones presuntamente ilícitas cometidas por policías y militares en actividad durante actos de servicio, quedarán bajo la competencia exclusiva del Fuero Militar Policial.
Objetivos
La norma busca precisar el delito de función, fortalecer la función militar y policial, y establecer sanciones severas.
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