El Congreso se autoexcluye del control de la Contraloría
El Congreso se autoexcluye del control de la Contraloría

¿El  no quiere que lo controlen? Esa parece ser la intención de ese poder del Estado al incorporar en la Ley de Fortalecimiento de la  General de la República y del Sistema Nacional de Control excluirse de la supervisión que el organismo que dirige  realiza a todas las entidades públicas.

Por esas razones, el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski observó la norma que, luego de planteada por la Contraloría, sufrió dos modificaciones del Congreso, las cuales -según el Ejecutivo- no tenían sustento.

Uno de estos cambios -el principal y que el proyecto original no contemplaba- señala que el máximo organismo de control no podrá designar, a diferencia del resto de entidades, a los jefes y al personal que desarrollará esa labor de supervisión dentro del Congreso.

DOCUMENTO CON OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO

LOS AUTORES

Al inicio, el proyecto tuvo como autores a seis legisladores de la bancada del Frente Amplio: Justiniano Apaza, Wilbert Rozas, María Elena Foronda, Humberto Morales, Hernando Cevallos y Edilberto Curro. Sin embargo, tal excepción no aparece ni en el proyecto que ellos elaboraron -el cual modifica diversos artículos de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (Ley 27785)- ni en el dictamen que se aprobó en la Comisión de Fiscalización y Contraloría.

EL MOMENTO

De acuerdo con el presidente de dicho grupo de trabajo parlamentario, Rolando Reátegui, de las filas de Fuerza Popular, la disposición se incluyó luego de un primer debate en el Pleno del Legislativo, el pasado 9 de enero.

En conversación con , Reátegui refirió que aquel día algunos congresistas -aseguró que no recordaba quiénes- pidieron que la medida se incluya para cautelar la autonomía del Parlamento.

El fujimorista, entonces, incluyó un texto sustitutorio en el artículo 19 de la Ley 27785, el cual fue aprobado ese mismo día por unanimidad: 88 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones.

“La Contraloría General de la República, aplicando el principio de carácter técnico y especializado de control, designa a los jefes de los órganos de control institucional de las entidades sujetas a control. Están exceptuados los jefes y el personal del órgano de control institucional del Congreso de la República cuyo régimen laboral y dependencia funcional se rige por las normas que estipula dicho Poder del Estado, especifica la modificación.

CUESTIONAMIENTO

Sobre esta exclusión, el Ejecutivo advierte que el cambio se efectuó sin “evidencia de estudio legal o técnico previo” de alguna entidad ajena al Parlamento; por lo que sentencia que se debería eliminar.

En el oficio mediante el cual se comunica las observaciones, también se resalta que el mismo artículo propuesto suprime la designación de jefes de órganos de control mediante concurso público, requisito que la norma vigente mantiene.

El Ejecutivo también cuestiona que la norma aprobada en el pleno plantee la creación de dos vicecontralorías, pues se desprende que esto generará un costo y los legisladores no pueden aprobar leyes que aumenten el gasto público. “Se desprende que la implementación de tales vicecontralorías generará gasto público, lo que contraviene el artículo 79 de la Constitución Política que establece que ‘los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos’”, indica el Ejecutivo.