La bancada del Bloque Magisterial, a iniciativa de la congresista Katy Ugarte, presentó un proyecto de ley que plantea promover la idoneidad de los candidatos y las candidatas a cargos públicos de elección popular.
Se trata de la iniciativa legislativa 3260/2022-CR, que propone modificar el literal h) del numeral 8.1, del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.
Según el documento, se buscan fortalecer los filtros para la elección de autoridades locales. Con la modificatoria, dicho dispositivo quedaría redactado de la siguiente manera:
“Artículo 8.- Impedimentos para postular
No pueden ser candidatos en las elecciones municipales:
h) Las personas que son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios, aun cuando hubieran sido rehabilitadas”.
En la exposición de motivos se señala que nuestro ordenamiento jurídico ha ido implementando nuevas herramientas para fortalecer la lucha contra la corrupción, las mismas que vienen siendo reforzadas para combatir y desterrar todo delito que pueda causar perjuicio en contra del Estado.
En ese sentido, refiere que corresponde endurecer los impedimentos para postular como candidato, toda vez que los delitos de colusión, peculado o corrupción, tiene un alto grado de lesividad, “al debilitar la confianza de la población en el Gobierno y sus autoridades, y posteriormente, el orden democrático y el estado de derecho”.
Detalló que las cifras que deja la corrupción no son un hecho aislado, pues en el año 2020, la corrupción y la inconducta funcional ocasionaron pérdidas al país por aproximadamente 22 mil millones de soles, mientras que para el 2019 fue alrededor de los 23 mil millones de soles, respecto del presupuesto asignado.
Por ello, precisa que el proyecto busca extender el impedimento a las candidatas y candidatos participantes de las elecciones municipales, cuando hayan sido condenados a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de dichos delitos.
“A efecto de sancionar estas conductas perjudiciales a la Nación, resulta necesario extender este impedimento para evitar que personas sin escrúpulos, ni respeto a la administración pública, lleguen a un sillón municipal”, acotó.
“Del mismo modo, esta medida puede servir como elemento disuasivo, que contribuya a la reducción en la comisión de los delitos de corrupción, al constituir un recorte en los derechos políticos de las personas”, sentenció.