Junta Nacional de Justicia: Conoce a la institución que reemplazará al desactivado CNM
Junta Nacional de Justicia: Conoce a la institución que reemplazará al desactivado CNM

La instalación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), en reemplazo del desaparecido Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), será fundamental para el fortalecimiento del sistema de administración de justicia en el Perú.

Por ello, Correo presenta las claves de los que será este nuevo órgano institucional, desde los requisitos para ser miembros y funciones hasta las prohibiciones que tendrán quienes ejerzan el cargo. La propuesta de norma orgánica será remitida por el Ejecutivo al Congreso en los próximos días.

COMISIÓN ESPECIAL

Está integrada por 7 representantes de entidades públicas y privadas del país, entre las cuales se encuentran el Poder Judicial y el Ministerio Público. Además, incluirá a dos rectores elegidos por un Comité Tripartido, compuesto por el Minjus, el Minedu y el JNE, con apoyo de la Onpe.

Esta comisión elegirá a los miembros de la JNJ a través de un concurso público.

-Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo (quien lo preside)

- José Luis Lecaros, presidente del PJ (recién electo)

- Pedro Chávarry, fiscal de la Nación

- Nelson Shack, contralor General de la República

- Ernesto Blume, presidente del TC

- Dos rectores. Uno elegido en representación se las universidades públicas licenciadas, y otro, por universidades privadas.

Esta Comisión cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica Especializada, a cargo del Minjus.

JUNTA NACIONAL DE JUSTICIAConformada por 7 miembros titulares y 7 suplentes. El Ejecutivo ha propuesto que la JNJ esté integrada "al menos" por tres mujeres y tres hombres.

Este organismo estará la entidad a cargo de la selección, nombramiento, ratificación y destitución de jueces y fiscales en el país; así como aplicar sanciones de amonestación y suspensión.

Duración en el cargo:
5 años. No hay reelección inmediata.

Presidente: Elegido por votación secreta y por la mitad más uno del número de miembros, el mismo día de instalación de la JNJ para el periodo de un año. Puede ser reelegido una vez.

Consideraciones para los miembros del JNJ

- Su función no debe incurrir en conflictos de intereses y es a tiempo completo.

- No pueden desempeñar cargo público o privado o ejercer su profesión, a excepción de la docencia universitaria a tiempo parcial.

- Deben presentar declaración jurada de bienes y rentas y declaración jurada de intereses.

- Pueden ser removidos por el Congreso por causa grave*.

- Los votos de cada integrante del JNJ en los procedimientos a su cargo son públicos.

REQUISITOS

- Ser peruano de nacimiento

- Tener entre 45 y 75 años

- Ser abogado con experiencia profesional no menos de 25 años, haber sido docente universitario por no menos de 25 años; e investigador en materia jurídica por lo menos durante 15 años.

- No tener una sentencia condenatoria firme por delito doloso.

IMPEDIMENTOS

No pueden ser miembros de la JNJ:

- El presidente de la República, vicepresidentes, representantes del Congreso, el Contralor y el subcontralor de la República, ministros, viceministros, miembros activos del PJ y la Fiscalía. Tampoco alcaldes y gobernadores en ejercicio y hasta 6 meses de haber cesado en el cargo.

- Jueces del PJ o fiscales del Ministerio Público que hayan sido destituidos o no ratificados. Y profesionales que han sido inhabilitados; declarados en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni los que estén inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, entre otros.

VACANCIA

Un integrante de la Junta Nacional de Justicia se le vaca por muerte, renuncia, vencimiento de plazo de su designación, por tener sentencia firme por un delito doloso, tener resolución judicial firme por violencia contra las mujeres o los integrantes del grupo familiar, por haber incurrido en causa grave, entre otros.

* Realizar o propiciar reuniones o comunicaciones, de manera directa o indirecta, con postulantes a juez o fiscal durante proceso de ascenso, ratificación o procedimiento disciplinario. Figura similar se aplica para los postulantes a jefe de la ONPE y del Reniec. / Nepostismo / Violar la reserva de la función.

Fuente: propuesta del Ejecutivo, aprobada en Consejo de Ministros el 12 de diciembre. A este borrador se le añadirán aportes del PJ, Congreso, Fiscalía y TC.