Este 9 de diciembre, los peruanos regresarán a las urnas para participar del referéndum para la reforma judicial y política del país.
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Dentro de la cartilla de 4 preguntas que se te entregue el día de la votación, la segunda dice lo siguiente:
¿Aprueba la reforma constitucional que regula el financiamiento de las organizaciones políticas?
Antes de decidir de marcar “Sí” o “No”, es importante que conozcas qué hay detrás de la norma aprobada en el Congreso y que modifica el artículo 35° de la Constitución.
¿Qué significa marcar “Sí”?Que se añadirán los criterios sobre el financiamiento de partidos políticos en el artículo 35° de la Constitución, de manera que el tema tenga carácter constitucional y no normativo, como es actualmente. Ello dificulta el camino para que el Congreso realice alguna modificación sobre este tema en el futuro.
¿Qué se aprobó?- La reforma plantea que en la Constitución se establezca que el financiamiento a estas agrupaciones pueda ser público, bajo los criterios de igual y proporcionalidad; y privado, a través del sistema financiero.
- El financiamiento ilegal genera la sanción administrativa, civil y penal respectiva.
- Que se establezcan disposiciones orientadas a la transparencia, verificación, fiscalización, control y sanción de los partidos.
- Que solo se autorice la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante el financiamiento público indirecto, a través de la franja electoral.
¿Qué significa marcar “No”? Que se mantengan las disposiciones establecidas en la actual Ley de Partidos Políticos y no se realicen modificaciones en la Constitución.
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ContextoTras el escándalo Lava Jato y el financiamiento que hizo Odebrecht a partidos peruanos en las últimas elecciones, surgió el debate para fortalecer y transparentar los aportes públicos y privados que se realicen a las agrupaciones políticas en el marco de futuras elecciones.
Situación actualDe manera general, el artículo 35 de la Constitución establece que se asegure el funcionamiento y la transparencia del origen de los recursos económicos de los partidos, así como el acceso a los medios públicos en forma proporcional a los resultados del último año electoral. Ello, debido a que existe otra normativa amplia referente a la formación, trabajo y fiscalización de estas agrupaciones.