A través de una resolución publicada en el diario El Peruano se dispuso la prórroga de la suspensión de labores. (Foto: Andina)
A través de una resolución publicada en el diario El Peruano se dispuso la prórroga de la suspensión de labores. (Foto: Andina)

El Poder Judicial oficializó este jueves la prórroga de la suspensión de sus labores y plazos procesales y administrativos, desde el 25 de mayo hasta el 30 de junio en el marco de la pandemia de coronavirus (COVID-19) en el Perú.

A través de la resolución administrativa N°000157-2020-CE-PJ, publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial ‘El Peruano’, se reitera la disposición de mantener “las medidas administrativas establecidas” hasta el momento por la emergencia sanitaria.

Asimismo, se precisa que el presidente del Poder Judicial y los presidentes de las cortes superiores de justicia del país “podrán disponer la alternancia de los jueces y servidores” que integran los órganos jurisdiccionales, así como los plazos, siempre y cuando no pertenezcan a la población vulnerable.

Se establece que a partir del 17 de junio entrará en vigencia el protocolo “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio”.

La norma también considera atención prioritaria para los procesos “en que se constate que los plazos de prisión preventiva estén por vencer”, debiendo programar audiencias “de inmediato”.

Además, se dispone “que los órganos jurisdiccionales del país, a partir del 1 de julio de 2020” programen audiencias penales y no penales que se deberán iniciar a partir del 17 de julio de modo remoto y excepcionalmente en forma presencial

El documento lleva la rúbrica del presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros.


La resolución prorroga la suspensión de labores del Poder Judicial hasta el 30 de junio. (Documento)
La resolución prorroga la suspensión de labores del Poder Judicial hasta el 30 de junio. (Documento)