Decreto de Urgencia 003 a un paso del limbo
Decreto de Urgencia 003 a un paso del limbo

Poco eficiente. A menos de un mes de cumplir su año de vigencia, el Decreto de Urgencia (D.U.) 003 -promulgado en febrero de 2017- no muestra grandes resultados en la continuidad de los proyectos de inversión de las empresas involucradas en casos de corrupción, como , y el pago de reparación civil a favor del Estado.

La norma actual vence el 13 de febrero y la sustitución que planteó el Congreso en noviembre pasado podría quedar en el limbo, luego de que el Poder Ejecutivo la observara.

Al no poder ser aplicada momentáneamente, se evalúa la posibilidad de que el Congreso apruebe “por insistencia” su autógrafa o se allane a los cambios del Gobierno, pero el Legislativo está en receso. Otro escenario sería que sea el Ejecutivo el que publique una eventual norma que rectifique el D.U. 003.

LOS CAMBIOS. Uno de los mayores cuestionamientos a las observaciones del Ejecutivo se centra en el proceso de venta de los proyectos de la compañía.

En el documento presentado el pasado 18 de diciembre se plantea que la venta de dicha empresa resuelva primero sus deudas financieras con los bancos, antes del pago de la reparación civil y la deuda con sus proveedores y trabajadores. Ello, aduciendo que, si no se abona a dichas entidades, la tasa de interés de los proyectos aumentarían perjudicando a los usuarios a través del pago de tributos.

Luego prioriza el pago de la reparación y deja para el final el pago de deudas laborales, sociales y tributarias.

También rechaza la posible aplicación del D.U. a compañías que hayan formado consorcios con Odebrecht con participaciones mayores al 5% en obras con contratos vigentes con el Estado.

La negativa se fundamenta en que la norma afectaría a empresas que fueron parte de las concesiones, pero que actualmente hayan vendido sus activos, además de dificultar el ingreso de un posible comprador de los proyectos.

RESPONDEN. La exprocuradora ad hoc del caso Odebrecht, Katherine Ampuero, afirma que el D.U. 003 solo ha servido “para proteger el patrimonio de Odebrecht de cualquier medida cautelar a interponerse por parte del Estado”. Afirma que lo expuesto por el Gobierno no garantiza el pago de la reparación civil, sino el desembolso “a sus principales acreedores, que son los bancos”.

“(Con) esto se deja el interés en que se paguen primero las deudas adquiridas con el sistema financiero, y la plata que sobra recién sería utilizada para el pago de la reparación civil”, señala la exprocuradora.

Además, criticó la justificación del incremento de la tasa de interés de los proyectos, al señalar que lo que correspondería es que la Procuraduría “solicite la nulidad de los contratos y que el Estado tenga las concesiones de estas obras”.

“Las deudas que habría adquirido Odebrecht es un asunto de privados, cuyas consecuencias no debemos pagarlas nosotros”, señaló.

DATO:

Irrisoria cifra muestra el fondo de retención

Según un documento al que tuvo acceso Correo, hasta noviembre de 2017, el Fideicomiso de Retención y Reparación, creado con el D.U. 003, solo había retenido 5 millones de soles y 3 millones de dólares de los recursos transferidos por las consorciadas con Odebrecht para el pago de la reparación civil a favor del Estado.