Tras la aprobación del Congreso -por insistencia- del retiro de hasta S/17 400 de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), diversos constitucionalistas coincidieron en que una eventual demanda ante el Tribunal Constitucional (TC) del Ejecutivo no detendría la vigencia de la norma.
DECISIÓN
De acuerdo con el constitucionalista Pedro Grandez, esta ley seguirá su implementación hasta que haya una decisión del ente constitucional en caso se presente una demanda.
“Los procesos de inconstitucionalidad no tienen medidas cautelares para detener los efectos de la norma cuestionada”, explicó.
Asimismo, Grandez indicó que los efectos de la ley aprobada en el Congreso están vigentes a partir de su publicación en El Peruano. “En caso el TC declare finalmente la inconstitucionalidad a la ley, será hacia adelante. No tiene efectos retroactivos”, dijo en diálogo con Correo.
Entre tanto, Omar Cairo coincidió en que mientras dure el proceso de una posible demanda del Ejecutivo, la gente podrá retirar su dinero del Sistema Privado de Pensiones (SPP). “Todas las devoluciones que se hagan mantendrán su valor y no serán afectadas hasta que se declare inconstitucional”, señaló.
Para Cairo, la demanda que presentaría el Ejecutivo demoraría en resolverse dos o tres meses.
Por su parte, el expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, dijo que dicha norma es “antitécnica” y afecta la intangibilidad de los fondos pensionarios”.