El Poder Judicial (PJ) rechazó la solicitud de Dina Boluarte para suspender temporalmente los efectos de la resolución del Congreso que declaró su vacancia por incapacidad moral permanente.
Fue la Primera Sala Constitucional de Lima la que declaró improcedente la medida cautelar presentada por la defensa de la exmandataria, mientras se desarrolla el proceso de amparo con el que busca anular la decisión del Legislativo.
Razones
La sala determinó que la solicitud cautelar se sustenta en cuestionamientos que requieren un análisis de fondo.
El colegiado identificó tres aspectos que no pueden resolverse en sede cautelar: la regularidad del procedimiento parlamentario, la interpretación de la causal de incapacidad moral permanente y el alcance de las garantías del debido proceso en sede legislativa.
No obstante, la defensa de Boluarte alega que la exmandataria fue notificada con menos de una hora de anticipación para responder a las mociones de vacancia.
En respuesta, el colegiado refirió que “no se advierte con suficiente grado de verosimilitud que el Congreso (...) le hubiera impedido materialmente a la exjefa de estado ejercer su defensa en la fecha que se le citó”.
Análisis
El constitucionalista Luciano López explicó a Correo que no hay un plazo establecido en ese caso.
“No hay un término mínimo para defenderse. No es un argumento que pueda tener el suficiente peso”, afirmó.
López precisó que si el tribunal le diera la razón a Boluarte, su reposición en el cargo sería “improbable”.
“La Sala considera que la decisión del Parlamento ya generó efectos jurídicos y políticos: hay un presidente, hubo elecciones, ya se proclamó al nuevo Congreso y aún se espera la proclamación presidencial”, advirtió.
Dina fracasa en intento de suspender su vacancia
La defensa legal de la exjefa de Estado alegó una vulneración al debido proceso durante el acto parlamentario que terminó con su salida del cargo