El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, detalló esta mañana los motivos por los que el sujeto denunciado por violar a una empadronadora durante el Censo 2017 solo recibiría entre 6 y 8 años de prisión.
"He escuchado muchas críticas de por qué la pena es entre 6 y 8 años. Porque así dice el tipo base, el artículo 170 del Código Penal: el que somete a la fuerza o con amenaza a una persona mayor de edad, la pena va entre 6 y 8 [años]", explicó Rodríguez en entrevista para RPP.
El magistrado añadió que la pena sería más prolongada si hubiera agravantes del delito "por ejemplo, a mano armada o prevalencia sobre una persona que depende de otra, entonces [la pena] va de 12 años a más", detalló.
En manos del Legislativo
Rodríguez dejó en claro que el Poder Judicial solo puede administrar justicia de acuerdo a lo que establecen las normas actuales. Esto en relación a las múltiples voces que exigen una pena ejemplar contra Marco Luza Segundo, acusado de dopar y violar a la joven censista."De parte del PJ no existe una predisposición a actuar con mano blanda. Ahora, si queremos endurecer las penas, eso no está en nuestro terreno, tendríamos que modificar el artículo 170 [del Código Penal]", recalcó, haciendo referencia a las potestades legislativas del Congreso y el Ejecutivo.