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El Congreso analiza hoy la detención preliminar

Propuesta del grupo de trabajo busca que sea un juez el que determine en una audiencia si procede la medida. Cita es a las 9:00 de la mañana.
  • Las últimas imágenes de Andrea Vidal en Congreso antes de ser asesinada: Estuvo en oficina de Jorge Torres
  • Congresista Wilson Soto defiende al ministro del Interior, Juan José Santiváñez
Propuesta del grupo de trabajo busca que sea un juez el que determine en una audiencia si procede la medida. Cita es a las 9:00 de la mañana.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 05/02/2025, 07:57 a.m.
  • Las últimas imágenes de Andrea Vidal en Congreso antes de ser asesinada: Estuvo en oficina de Jorge Torres
  • Congresista Wilson Soto defiende al ministro del Interior, Juan José Santiváñez

Casi dos meses después de ser derogada, la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia será vista hoy por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, que ya cuenta con un predictamen que toma en cuenta las observaciones del Ejecutivo.

Este predictamen será visto en la sesión extraordinaria de dicha comisión que se desarrollará hoy a partir de las 9 de la mañana, según confirmó a Correo el presidente de dicho grupo de trabajo, Isaac Mita Alanoca (Perú Libre).

Dicho predictamen propone restituir y “perfeccionar” el artículo 261 del Código Penal, Decreto Legislativo 365, sobre detención preliminar en casos de no flagrancia.

RETROCESO

Como se recuerda, la detención preliminar en casos de no flagrancia fue suprimida el pasado 11 de diciembre con la promulgación de la Ley 32181, que modifica el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal. Sin embargo, luego de los cuestionamientos de diversos sectores, el Congreso retrocedió y remitió al Ejecutivo la autógrafa de ley para restablecer dicha figura. No obstante, dicha propuesta fue observada y devuelta al Congreso el 13 de enero pasado.

RESTITUCIÓN

De acuerdo con el nuevo predictamen, se propone restituir la detención preliminar en 129 delitos, incluido el de organización criminal que tenga como fin la comisión de ilícitos en dicho grupo de delitos, pero se excluye los casos de negociación incompatible, aprovechamiento indebido de cargo (artículo 399) y enriquecimiento ilícito (artículo 401).

La Comisión de Justicia también propone que la detención preliminar se decrete luego de una audiencia judicial en la que estén presentes los investigados. Es decir, que sea un juez el que tome la decisión final.

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