El Ministerio de Trabajo emitió hoy la resolución que determina que el lunes 7 de junio, el día siguiente de la segunda vuelta electoral entre Pedro Castillo (Perú Libre) y Keiko Fujimori (Fuerza Popular), sea no laborable y no compensable para los trabajadores que cumplan la labor de ser miembros de mesa.
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El Decreto Supremo N°12-2021-TR firmado por el presidente de la República, Francisco Sagasti; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Javier Eduardo Palacios Gallegos, establece esta facilidad al considerar que se necesitan establecer medidas a favor de los ciudadanos que ejerzan la labor de miembros de mesa y para los que voten en provincias distintas a su lugar de residencia.
“Declárese el 07 de junio de 2021 como día no laborable de naturaleza no compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante la segunda vuelta correspondiente a las Elecciones Generales, a llevarse a cabo el día 06 de junio de 2021, para la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República”, indica el documento.
La resolución detalla que los empleadores de los sectores público y privado deberán validar su labor en las mesas de sufragio el día que vuelva a prestar servicios mostrando de manera física o virtual el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Facilidades para votar
El decreto supremo del Gobierno establece, además, facilidades para que los trabajadores de los sectores público y privado que votan en provincias diferentes a sus lugares de residencia puedan acudir a sus locales de sufragio.
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Esto implica que cualquier persona que acredite haber votado, tenga la facultad de no prestar sus servicios los días viernes 4, sábado 5, domingo 6 y lunes 7 junio del 2021.
Los trabajadores deberán lograr, con sus empleadores, un acuerdo para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados en el caso del sector privado. En el sector público, se debe garantizar que los servicios sigan siendo prestados a pesar de estos permisos, además de disponer la manera en la cual se recuperarán los días que no se laboraron.