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Elecciones 2026: Multas por uso indebido de propaganda pueden llegar hasta S/550 mil

Las sanciones de 30 a 100 UIT corresponden a infracciones muy graves, como realizar propaganda en instituciones públicas, cuarteles, colegios
Retiran propaganda electoral de espacios públicos (Foto: Municipalidad de José Luis Bustamante)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 20/02/2026, 05:05 p.m.

Las organizaciones políticas y candidatos que incumplan las normas de propaganda electoral en las elecciones generales de 2026 podrían enfrentar multas que superan el medio millón de soles, según el reglamento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Las sanciones económicas oscilan entre S/ 5.500 (1 UIT) y S/ 550.000 (100 UIT), dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.

Entre las actividades permitidas figuran la colocación de letreros en locales partidarios, el uso de altoparlantes entre las 08:00 y 20:00 horas, la difusión en redes sociales, prensa escrita, portales web y cines, así como la instalación de carteles en predios privados con autorización escrita o en espacios públicos con permiso correspondiente.

En radio y televisión, la propaganda solo puede emitirse a través de la franja electoral administrada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

El JNE precisó que las multas de entre 1 y 5 UIT (S/ 5.500 a S/ 27.500) se aplican por infracciones graves, como difundir propaganda sonora fuera del horario autorizado, invocar temas religiosos en mensajes proselitistas, colocar carteles sin permiso o destruir material de otros candidatos. En tanto, las sanciones de 30 a 100 UIT (S/ 165.000 a S/ 550.000) corresponden a infracciones muy graves, como realizar propaganda en instituciones públicas, cuarteles, colegios, iglesias o centros de salud.

El procedimiento sancionador se inicia de oficio cuando los fiscalizadores detectan una presunta falta y el Jurado Electoral Especial resuelve en primera instancia.

Las organizaciones pueden apelar ante el pleno del JNE, cuya decisión es definitiva. Además, si no se retira la propaganda prohibida, se impondrá una multa que puede alcanzar las 100 UIT y se remitirá el caso al Ministerio Público; en situaciones específicas, como intervenciones en bienes del Patrimonio Cultural o contratación indebida en radio y televisión, los casos se derivan a las entidades competentes.

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