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Emergencia no restringe las protestas

Sin embargo, especialistas señalan que no hay ningún impedimento para la protesta política y que el Gobierno no podrá prohibirla
El Poder Ejecutivo declaró de manera oficial el estado de emergencia para Lima y Callao por 45 días. | Foto: Andina

Karina Valencia

Actualizado el 04/02/2022, 07:00 a.m.

El Poder Ejecutivo declaró de manera oficial el estado de emergencia para Lima y Callao por 45 días. Sin embargo, esta medida, planteada por el Gobierno para hacer frente a la delincuencia, no suspende el derecho a la protesta pacífica por parte de ciudadanos a vista de expertos.

Especialistas consultados por este diario indicaron que es necesario que se precise la participación que tendrán las Fuerzas Armadas durante este periodo. En tanto, colectivos ciudadanos convocaron a una movilización para el día mañana, sábado, con el fin de exigir la renuncia del premier Héctor Valer.

DETALLE. Para el constitucionalista Aníbal Quiroga la declaratoria de emergencia dada por el Gobierno no tendría que restringir una eventual convocatoria a marcha o protesta ciudadana. Recordó que las protestas ya se realizaron en tiempos de pandemia y que mientras que estas no estén relacionadas con el objeto de la medida “no hay una limitación a los derechos constitucionales”.

“No afectaría porque la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dijo que solo se limitan por objeto de la pandemia, no es una medida irrestricta o generalizada”, dijo.

Precisó que la participación de las Fuerzas Armadas en este estado tendrá que ser estipulado en un decreto que desarrolle la declaratoria.

Por su parte, el exministro Víctor García Toma cuestionó la medida dada por el Gobierno por dos aspectos. Uno, porque no es el método más idóneo para combatir la delincuencia y, dos, por el papel que tendrán las FF.AA. en este periodo al tener “una relación directa con el comportamiento de los ciudadanos”.

“En el Perú están pasando una serie de circunstancias y situaciones que merecen y requieren que los ciudadanos de manera pacífica, libre, puedan pronunciarse (...). De alguna manera limita seriamente el compromiso ciudadano que tienen los peruanos con su país”, manifestó.

En tanto, el constitucionalista Joseph Campos indicó en RPP que las intervenciones que se realicen “tienen que ser vinculadas al tráfico ilícito de drogas y la inseguridad ciudadana”. Esto, al sostener que “no es posible que cualquier circunstancia sea una excusa” para que la policía detenga a un ciudadano o ingrese a un domicilio.

POSTURA. A través de Twitter, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) manifestó que “el derecho a la protesta pacífica no está suspendido por el estado de emergencia”.

Recalcó que las suspensiones de los derechos solo operan en relación con el tráfico de drogas y la delincuencia, y que el Estado “debe garantizar los derechos constitucionales de la población”.

MIRA TAMBIÉN: Estado de emergencia en Lima y Callao: Mininter anuncia operativos de mañana, tarde y noche en todos los distritos

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