Guillermo Bermejo renunció a la bancada de Perú Libre a finales del mes pasado. (Foto: archivo GEC)
Guillermo Bermejo renunció a la bancada de Perú Libre a finales del mes pasado. (Foto: archivo GEC)

Segundo tiempo. El Ministerio Público impugnó la sentencia absolutoria que emitió la Segunda Sala Penal Nacional sobre el congresista Guillermo Bermejo (Perú Democrático) por el delito de afiliación al terrorismo.

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Tras escuchar el veredicto del tribunal, el fiscal adjunto superior Gino Quiroz Salazar informó que fundamentará su recurso de nulidad en el plazo de ley. De igual manera, la Procuraduría General del Estado informó que apelará a lo resuelto por la sala.

La Corte Suprema de la República será la instancia definitiva que revise los recursos, en un plazo que, según especialistas consultados, podría tomar un plazo de seis meses como mínimo.

“Estamos hablando de un plazo de seis meses.os hablando de una causa con el Antiguo Código Procesal Penal que podría demorar medio año (para que sea resuelto en la Corte Suprema). Cuando se tratan de casos de sentencia condenatorio, los plazos pueden ser menores pero en el caso de absoluciones, el plazo podría ser de seis meses a un año”, dijo el abogado penalista Andy Carrión a Correo.

Vale decir que esta es la segunda vez que el caso Bermejo llega a la Corte Suprema: en 2019, anuló un fallo absolutorio por no valorar debidamente una serie de testimonios ofrecidos en el proceso por terrorismo.

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DECISIÓN. Por unanimidad, los jueces Andrés Churampi Garibaldi (presidente del tribunal), Marco Angulo Morales y Luis Fernando Cerrón Rengifo absolvió por considerar que las pruebas ofrecidas por la fiscalía no eran suficientes para determinar la culpabilidad de Guillermo Bermejo en este caso.

“Al no haberse constatado prueba mínima de corrobación de las declaraciones incriminatorias de los tres colaboradores eficaces presentados en juicio, por lo que la presunción de inocencia del acusado se mantiene incólume”, dijo Churampi.

Sobre la fiabilidad de las declaraciones de los colaboradores eficaces presentados contra Bermejo Rojas, el tribunal sostuvo que “sin prueba de corroboración resulta insuficiente para destruir la presunción de inocencia y de ese modo imponer una condena”. “No puede emitirse condena con solo prueba de cargo referido a declaraciones de colaboradores eficaces, sino se requiere prueba de corroboración y respaldo de otros medios que refuercen el testimonio incriminatorio”, indicó el magistrado.

Bermejo era acusado del delito de terrorismo por reunirse con los terroristas Víctor y Jorge Quispe Palomino, camaradas “José” y “Raúl” en el VRAEM y recibir de ellos adoctrinamiento ideológico, político y en el uso de armas de fuego.