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Gobierno aprueba reglamento de la APCI para supervisar cooperación internacional en el Perú

El Decreto Supremo N.° 032-2025-RE fortalece la fiscalización y control de recursos de cooperación técnica internacional y donaciones.
El Decreto Supremo N.° 032-2025-RE fortalece la fiscalización y control de recursos de cooperación técnica internacional y donaciones.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 14/09/2025, 12:01 p.m.

El Ministerio de Relaciones Exteriores oficializó este domingo, mediante el Decreto Supremo N.° 032-2025-RE, el reglamento de la Ley N.° 27692, que crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). La norma se publica tras la modificación introducida por la Ley N.° 32301, aprobada en marzo de este año, que establecía un plazo máximo de 90 días para su reglamentación.

El reglamento consta de un título preliminar, siete títulos, 29 artículos y disposiciones complementarias que regulan los mecanismos para fortalecer la transparencia en la administración de los recursos de cooperación internacional, en favor del desarrollo sostenible y priorizando a los sectores más vulnerables del país.

La aplicación es obligatoria para todas las entidades públicas y privadas que gestionen o ejecuten Cooperación Técnica Internacional (CTI). Entre sus funciones, la APCI deberá supervisar y fiscalizar el correcto uso y destino de los recursos provenientes del exterior, así como los contratos y actos jurídicos vinculados a la CTI.

Registros que administrará la APCI

El dispositivo legal establece que la agencia tendrá a su cargo los siguientes registros electrónicos, cuya inscripción será obligatoria y automática:

  • Registro de ONGD nacionales receptoras de CTI.
  • Registro de ENIEX (entidades extranjeras de cooperación).
  • Registro de IPREDA (instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones asistenciales o educativas).
  • Registro de expertos y voluntarios, que incorpora la variable étnica.

La actualización de la información en estos registros también es de carácter obligatorio, mientras que la documentación presentada por las entidades será sometida a fiscalización posterior.

Supervisión conjunta

El reglamento establece además que la APCI coordinará con la SUNAT y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-SBS) para reforzar la supervisión de organizaciones nacionales y extranjeras que reciben cooperación internacional, a fin de garantizar un uso transparente y eficiente de los recursos.

Con esta norma, el Ejecutivo busca cerrar brechas en la fiscalización de la cooperación internacional y asegurar que las donaciones y fondos externos se destinen efectivamente a proyectos de desarrollo.

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