El excandidato presidencial Rafael López-Aliaga envió un documento notarial al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en el que comunicó su “desistimiento irrevocable” a ser proclamado como senador.
El JNE, sin embargo, ya proclamó los resultados oficiales para la elección del próximo Congreso bicameral e incluyó a López-Aliaga como senador electo por distrito electoral único nacional.
El área de prensa de Renovación Popular (RP) ratificó a Correo que el líder “celeste” no jurará como integrante de la Camara Alta, y que quien debería remplazarlo en su escaño es el exministro fujimorista Absalón Vásquez, quien obtuvo 79 mil votos el pasado 7 de junio. No obstante, ¿es viable?
Vacío
El abogado José Villalobos sostuvo que la figura de “desistir” no está establecida en la legislación peruana. Añadió que al no estar regulada hay vacíos legales.
“Es algo distinto a la renuncia, que solo aplica a alguien que está en el ejercicio del cargo y, en este caso, todavía él (López-Aliaga) no ha asumido el cargo para el que ha sido elegido”, explicó.
Villalobos precisó que el artículo 13 del Reglamento del Congreso fija condiciones previas a la juramentación.
“Como requisito para asumir el cargo de senador o diputado, hay dos situaciones. Primero, llenar las declaraciones juradas y los formularios que el Congreso le va a otorgar y, segundo, jurar al cargo”, manifestó el abogado.
Villalobos agregó que al no hacerlo, “queda habilitado el JNE para llamar al siguiente de su lista”.
Precedente
Villalobos identificó un antecedente en el caso de la exregidora Fabiola Morales.
“En 2015 ella no quiso asumir el cargo, le dijo a la municipalidad que ya no iba a asumir, la municipalidad le comunicó al jurado y este llamó al siguiente”, recordó.
En ese entonces, Gustavo Orbegoso asumió el cargo ante Luis Castañeda.
“Son casos similares porque el regidor, como el senador, es un cargo de elección popular”, concluyó el especialista.
JNE deberá llamar a candidato que sigue a López-Aliaga
El líder de Renovación Popular desistió de asumir su escaño en el Senado y el JNE, ante el vacío legal, deberá aplicar criterios para definir a su reemplazo