Además, la instancia electoral precisó que el cronograma del proceso cuenta con “hitos claramente definidos y que no pueden superponerse”, ya que eso significaría “la afectación al principio de seguridad jurídica”. (Foto: GEC)
Además, la instancia electoral precisó que el cronograma del proceso cuenta con “hitos claramente definidos y que no pueden superponerse”, ya que eso significaría “la afectación al principio de seguridad jurídica”. (Foto: GEC)

El Jurado Nacional de Elecciones () declaró infundada la de la del partido , que encabeza , lo que deja al exministro fuera de las elecciones generales que se desarrollarán en abril.

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De acuerdo con la , se rechazó el recurso interpuesto por Jorge Yataco, personero legal de la mencionada organización política, debido a que hasta el del año pasado no se logró la inscripción de Frente de la Esperanza 2021 ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

Además, la instancia electoral precisó que el cronograma del proceso cuenta con “hitos claramente definidos y que no pueden superponerse”, ya que eso significaría “la afectación al principio de seguridad jurídica”.

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