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JNE evaluó apelaciones por tachas contra Rafael López Aliaga y Mario Vizcarra

Las defensas legales de los partidos Perú Primero y Renovación Popular presentaron sus argumentos ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) durante una audiencia pública virtual realizada este jueves.
(Foto: Andina)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 15/01/2026, 05:40 p.m.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó al voto este jueves 15 de enero, luego de una audiencia pública virtual, la apelación presentada por el partido Perú Primero, encabezado por Mario Vizcarra, contra la resolución que en primera instancia rechazó la inscripción de su candidatura presidencial.

Dicha apelación se presentó después de que el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declarara fundadas tres tachas electorales interpuestas por ciudadanos, quienes argumentan que la condena por peculado de 2005 que registra Vizcarra podría, según la ley, impedirle postular a un cargo de elección popular.

Alejandro Salas, exministro y candidato al Senado, y el abogado Virgilio Hurtado asumieron la defensa legal del partido. Martín Vizcarra también estuvo presente durante la audiencia.

Salas sostuvo que los derechos de participación política y de resocialización de Mario Vizcarra han sido vulnerados, y destacó que el candidato posee una rehabilitación vigente, cuya apelación, según él, fue declarada improcedente.

“El derecho a elegir y ser elegido es la piedra angular de la democracia. Acudimos hoy ante ustedes vía recurso de apelación como máxima instancia electoral, buscando la protección de dos derechos humanos: el derecho a la participación política y el derecho a la resocialización. Estos derechos no han sido ni salvaguardados por el Jurado Electoral de Lima Centro 1, por cuanto la resolución [emitida] atenta directamente no solo contra el señor Mario Vizcarra y el partido Perú Primero, sino también contra la propia integridad del proceso electoral”, señaló.

“En el presente caso, la situación jurídica del señor Mario Vizcarra está absolutamente clara. Él tiene una rehabilitación vigente que intentó ser apelada y la apelación fue declarada improcedente”, agregó.

Los abogados de los ciudadanos que interpusieron las tachas argumentaron que, según el artículo 107 de la Ley 30717, toda persona condenada por delitos dolosos como peculado, colusión o corrupción de funcionarios, incluso si ha sido rehabilitada, no puede postular a cargos de elección popular. Por ello, afirmaron que Vizcarra no estaría habilitado para participar en los comicios.

El segundo caso evaluado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fue el de Rafael López Aliaga, candidato presidencial de Renovación Popular. Contra él se presentaron dos tachas por un presunto incumplimiento de las normas de democracia interna de su partido. Aunque el Jurado Electoral Especial rechazó ambas en primera instancia, los ciudadanos que las promovieron apelaron, y el caso llegó así al Pleno del JNE.

Carlos Salazar, abogado de Renovación Popular, aseguró durante la audiencia que las resoluciones de la ONPE sobre las elecciones primarias del partido no fueron impugnadas por ningún militante ni ciudadano.

“No existe supuesto establecido que mencione que la no actualización del estatuto de un partido político tiene como consecuencia la exclusión o el castigo a la no participación de una organización política en un proceso electoral”, señaló el letrado.

Al igual que en el caso de Vizcarra, el expediente de López Aliaga pasó a votación, por lo que la resolución final del Pleno del JNE se dará a conocer en las próximas horas.

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