“Es un déjà vu del (golpe de Estado del) 5 de abril de 1992”. Con estas palabras, el constitucionalista Aníbal Quiroga resume el anuncio del presidente de la República, Martín Vizcarra, sobre la disolución del Congreso. En conversación con Correo, no teme afirmar que tal medida es “absolutamente inconstitucional”.
¿Qué opinión le deja el anuncio sobre la disolución del Congreso? ¿Es inconstitucional?
Es absolutamente inconstitucional. El supuesto de la Constitución es otro, el supuesto es que se le haya negado la confianza por segunda vez, que se produzca una crisis total del gabinete -que renuncien el Premier y los ministros-, y con el nuevo gabinete, y el nuevo Premier, se disponga la disolución del Congreso, porque los actos presidenciales no son válidos si no tienen el refrendo de un ministro (...). Hay una grave irresponsabilidad y una grave infracción constitucional, y es notoria y groseramente inconstitucional; es un déjà vu del 5 de abril de 1992.
Para usted, ¿lo del 5 de abril de 1992 fue un golpe de Estado?
Clarísimamente, y siempre lo he dicho. Yo fui el primero en decirlo en la televisión.
¿Y la disolución de ahora?
Lo de hoy (ayer) es un golpe de Estado, en la medida en que está anulando al Congreso fuera de la Constitución. Disponer el cierre del Congreso fuera de los parámetros constitucionales es también un golpe de Estado. La diferencia fundamental está en que el año 92 Fujimori se basó en las Fuerzas Armadas, y esta vez Vizcarra se refugia en una interpretación absurda y en fuerzas políticas de izquierda.
¿Se puede interpretar, como hace el Gobierno, que la confianza fue negada?
Lo que pasa es que lo que ha dicho Vizcarra no está en la Constitución. La Constitución habla de la confianza negada, y no ha sido negada. Él interpreta que el Congreso fue obstruccionista y que en la mañana no le abrieron la puerta a Del Solar, y eso no es una confianza negada, es una interpretación. Está tomando una decisión drástica, radical, que compromete la historia del país, sobre una interpretación.
¿El Congreso hizo bien en juramentar a Mercedes Aráoz siendo una presidenta encargada?
Es un tema inédito. Ella es la vicepresidenta, por lo tanto, es la que sigue en la línea de sucesión. Si el Congreso ha decidido suspender al presidente de la República, le corresponde a ella ser la sucesora durante ese periodo.
¿Pero está bien que haya jurado?
Yo creo que sí tenía que juramentar como presidenta interina. La Constitución dice que nadie puede ejercer un cargo sin haber juramentado.
¿La suspensión temporal se ajusta a derecho y a lo constitucional?
Está prevista en la Constitución en la medida que va a ser sujeto a un proceso de vacancia, y la vacancia no se puede dar en 24 horas, hay un procedimiento para eso, pues será suspendido temporalmente. En el artículo 114 (de la Carta Magna) se dice que el Presidente puede ser suspendido temporalmente; en ese caso, le corresponde la sucesión a la segunda vicepresidenta. En los hechos, hay una bicefalia constitucional, tenemos ahora dos autoridades proclamadas: una por el Congreso y otra por Palacio de Gobierno; un presidente que cree que ha disuelto el Congreso y que ha nombrado a un premier (Vicente Zeballos), con quien firmó este decreto de disolución que era necesario para que lo que él anunció tuviera eficacia; y un Congreso que ha decidido suspenderlo temporalmente y le ha notificado a Palacio, juramentando como presidente a una vicepresidenta. El problema será: ¿a quién le van a hacer caso los funcionarios públicos?
¿Cómo se resuelve esta bicefalia?
Va a depender de a quién le hagan caso los funcionarios públicos.