"La Fiscalía nunca apeló el caso Sánchez Paredes"
"La Fiscalía nunca apeló el caso Sánchez Paredes"

El juez Manuel Loyola, quien decidió rechazar uno de los pedidos de cooperación internacional de Estados Unidos en el caso de los Sánchez Paredes, arremetió contra el Ministerio Público y aseveró que fue esta instancia la que no insistió ni apeló las resoluciones judiciales que supuestamente impedían la colaboración con Estados Unidos, pero que en realidad no requerían del visto bueno del PJ.

¿Qué pasó exactamente en el caso Sánchez Paredes y el pedido de cooperación?

Hubo un primer pedido de congelamiento de Estados Unidos de tres cuentas bancarias vinculadas a miembros de la familia y la jueza Janeth Lastra, el 27 de setiembre del 2012, lo declaró fundado y se ordenó el bloqueo.

¿En este primer pedido, EE.UU. pide el acceso al expediente?

No, ahí no se pide nada. Solo el congelamiento y bloqueo de cuentas. Es recién el 8 de noviembre del 2012 que la Fiscalía de Nueva York llegó a un acuerdo con la gente de Comarsa y se transfieren los 3300 millones de dólares que había en esa cuenta a una a nombre de la Fiscalía de NY, y esa cuenta con cero fondos debía desbloquearse. Eso se comunica en un fax a Perú y el 16 de noviembre, yo, que estaba encargado del Segundo Juzgado Penal Nacional, ejecuto ese acuerdo y desbloqueo la cuenta.

¿Qué pasó en marzo del 2013?

El 1 de marzo del 2013, es decir, cinco meses después, la Unidad de Cooperación Internacional formula un "Pedido suplementario de cooperación". Este pedido canalizaba el pedido del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, que pedía autorización de los funcionarios para que se entrevisten con los fiscales del caso, tomen la declaración de los testigos y acceder al expediente principal 100-2010.

¿Cuál fue el problema?

La Fiscalía comete el error de indicar que lo que se pedían eran copias del expediente. Eso es falso, lo que se pedía era revisar el expediente. Frente a esa pretensión, el 8 de marzo, sin ningún plazo de dilación, el Segundo Juzgado, en el que yo estaba despachando, declaró improcedente el pedido. Pero no por una cuestión de fondo, si no de forma.

¿Qué cuestiones?

Se le dijo que el primer pedido de entrevista con los fiscales no requiere autorización judicial, lo pudo hacer la Fiscalía. ¿Acceso a los testigos? Pero los testigos no los tenemos guardados en un gabinete, son ciudadanos y como son testigos de cargo, son competencia de la Fiscalía. Tampoco requieres autorización para eso, hazlo directamente, le dijimos. Y en el tercer punto, como el expediente se encontraba en pleno estudio en una Sala, se consideró inapropiado que un funcionario de primera instancia le autorice a un extranjero ir a un tribunal y quitarle el expediente.

Entonces, ¿quién se equivocó?

La pregunta es, ¿qué actividad realizó el órgano encargado de representar al país requirente? Es decir, ¿el Ministerio Público para Estados Unidos? Ninguno. No hizo nada. La justicia peruana no se negó, estableció condiciones y procedimientos. El Ministerio Público tenía dos caminos. El primero es que ella misma coordine con EE.UU. o impugnar las decisiones judiciales. ¿Lo hizo? No, nunca apeló en este caso de los Sánchez Paredes.

¿No hubiera sido mejor aceptarlo y ahorrar tiempo?

Yo consideré entonces y sigo considerando ahora que, por la naturaleza del pedido, no podía ser atendido.

¿Cuál es la naturaleza del pedido para no ser atendido?

A lo que me refiero es que dos de los tres pedidos de la Fiscalía no requerían de la autorización judicial.

La fiscal Secilia Hinojosa sostiene que según el Código Procesal Penal y los convenios internacionales, es el juzgado en el que debe ordenar lo que pedía EE.UU.

Es decir, la Fiscalía esta en contra de mi decisión. ¿La apeló? Yo entiendo que mi decisión puede generar críticas, pero la pregunta es, ante la disconformidad que muestran ahora, ¿se apeló en su momento o se consintió? La Fiscalía nunca apeló nada y mi resolución está bien motivada.

Pero hubo una siguiente decisión judicial del doctor Miguel Quevedo...

La Fiscalía emite un comunicado como si mi decisión fuese la única en el caso. Hubo una siguiente. El 26 de marzo (del 2013) presentan un recurso de insistencia, cosa que no existe en el ámbito penal. Pero el juez de entonces lo consideró un pedido adicional y lo declaró no ha lugar hasta que el expediente regrese al juzgado. Nuevamente la Fiscalía no apeló.

Y desde entonces, ¿ya no se hizo nada?

Exacto, incluso cuando la familia Sánchez Paredes hizo una conferencia anunciando el archivo en EE.UU. , no hizo nada. ¿Cuándo es que recobran interés? Cuando Correo y Caretas empiezan con las publicaciones que daban cuenta de un archivo en EE.UU. por falta de cooperación de la justicia peruana.

¿Aquí debía intervenir el Fiscal de la Nación?

No, por cierto. El Fiscal de la Nación nunca ha intervenido en el proceso. Nunca presentó un escrito. Todo esto se atendió con la Unidad de Cooperación Internacional (que jefatura Secilia Hinojosa). Hay que ser francos. Yo no atribuyo responsabilidad al fiscal, solo cuento hechos.

¿Y cómo queda la reciente resolución del juez Marco Tejada que rectifica las dos anteriores resoluciones?

Debo aclarar, no existe rectificación. El juez Tejada no hace referencia a mi resolución y la resolución del otro juez. Además, esta reiteración del pedido recién lo hacen un año después, el 21 de febrero (del 2014). Y dicen que le han solicitado la aclaración a EE.UU. si el proceso ha sido archivado. Por Dios, todos saben que ese proceso ha sido archivado.

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