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​Martín Belaunde: Bolivia revoca amparo que lo consideraba refugiado

Prófugo empresario tiene 30 días para regularizar su situación en el país.
​Martín Belaunde: Bolivia revoca amparo que lo consideraba refugiado

Iveth Guzmán Castillo

Actualizado el 07/04/2015, 12:00 p.m.

La Sala Penal 1º del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz revocó su resolución que declaró procedente el amparo constitucional a favor del peruano Martín Belaunde, con el cual se dejaba sin efecto la resolución de la Comisión Nacional del Refugiado (Conare) que rechazaba la condición de refugiado para el prófugo empresario.

La nueva resolución fue notificada a las partes el jueves, luego de que el 28 de marzo los vocales de la instancia judicial Ricardo Chumacero y Ramiro López aceptaran la acción de Martín Belaunde y ordenaran que el caso quede en foja cero en la Conare. Es decir, conminaban a que se revise la decisión de rechazo de asilo y Belaunde volvía a ser solicitante.

“Los vocales de la Sala Penal 1° que declararon procedente el amparo se han retractado, o sea emitieron otra resolución indicando que la primera resolución no corresponde”, informó a La Razón el viceministro de Justicia, Diego Jiménez. Explicó que en la segunda decisión de la Justicia, los vocales prácticamente admiten que no tienen competencia en el tema de refugio.

En tanto, César Siles, presidenta de la Conare, corroboró a ese diario la información de la nueva decisión del Tribunal Departamental de Justicia, que implicaría la puesta en vigencia del rechazo de refugio hacia Martín Belaunde y que éste tiene 30 días para regularizar su situación en el país.

“Nosotros ya cumplimos con nuestro trabajo, hemos denegado la solicitud de refugio y consecuentemente dejó de ser solicitante de refugio y corresponde a la Dirección de Migración el establecer una posible salida o expulsión del país”, indicó Siles.

DEFENSA DEL EMPRESARIO

Jorge Valda, abogado de Belaunde, rechazó las declaraciones y aseguró que existe un malentendido de la resolución, por lo que advirtió sanciones a las personas que no acaten el amparo constitucional a favor de su cliente.

“Eso es absolutamente falso, porque el Tribunal de Amparo declaró procedente la acción de Belaunde y en una complementación de enmienda que se pidió la Sala Penal señaló que se debe estar a la espera de una resolución del Tribunal Constitucional, pero entretanto sí se debe dar cumplimiento a la determinación que deja en foja cero el caso en la Conare”, agregóValda.

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Martín Belaunde Lossio

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