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La Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio acusó al Poder Judicial de estar “direccionando” las responsabilidades al Ministerio Público, originadas a partir de la revocación de las medidas restrictivas de libertad que tenía .

A través de un comunicado, la Fiscalía expresó su “desacuerdo” con la decisión de la Sala y afirmó que lo que hicieron fue solicitar la variación de la regla de conducta que pesaba sobre la ex primera dama con la finalidad de que no solo avise su intención de salir del país, sino que esto se ajuste a “no ausentarse del lugar donde reside, ni cambiar de domicilio sin autorización judicial”.

“El pedido de la Fiscalía es para precisar una expresión literal primigenia que no tenía la fuerza de asegurar los fines de investigación. Es decir, el criterio es hacer que dicha regla de conducta tenga un efecto eficaz, puesto que anteriormente se permitía la salida del país de los procesados sin ningún tipo de control”, se lee.

“Ante la eventualidad de que los procesados pretendan salir del país, que sea el Poder Judicial que defina, mediante audiencia con las partes, el debate de una posible salida”, informó el Ministerio Público.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones, presidida por el magistrado César Sahuanay Calsín, ordenó que la esposa del expresidente Ollanta Humala, procesada por delitos de lavado de activos en el caso “Agendas de Nadine”, pueda salir del país sin necesidad de un permiso judicial.

SE DEFIENDE. En diálogo con Correo, el juez Sahuanay defendió su fallo y señaló que el tema al que hace referencia el Ministerio Público no se ha debatido durante la audiencia en la que se evaluó la apelación de la defensa.

Refirió que el caso de Ollanta Humala, para quien sí se impusieron medidas restrictivas, difiere del de Nadine debido a que en el caso del primero la Fiscalía sí presentó el poder que permite que sus hijos pueden viajar al extranjero con otra persona, y esa es, desde su punto de vista, la “diferencia principal” entre ambas situaciones.

“Para poder nosotros pronunciarnos sobre este punto, primero tenemos que debatirlo, en primera instancia, ante la Sala, pero lo que se debatió fue la revocación presentada por el abogado Wilfredo Pedraza”, explicó el magistrado.

“En el caso de Ollanta Humala, sí se presentó el documento que autorizaba a viajar con terceras personas a los hijos de Ollanta y Nadine, pero lo que se ha presentando en segunda instancia (solo) es la revocación (de las medidas restrictivas), y no la presentó la Fiscalía”, agrega.

“Nosotros, los miembros de la Sala, nos ratificamos en nuestra decisión (...) Si leen con detenimiento el comunicado (de la Fiscalía), lo que podría decirle es que el que presenta esa prueba es el señor (Wilfredo) Pedraza, que presenta la revocación, eso es lo que no dicen ahí”, concluyó Sahuanay.

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