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No hay gracia que salve a Castillo de prisión preventiva

Requisito indispensable es que se compruebe un exceso de carcelería, pero los plazos de investigación están en el marco de lo que señala la ley. Optar por esta opción sería ilegal
(Foto: Julio Reaño / @photo.gec)

Actualizado el 16/07/2026, 06:00 a.m.

A menos de dos semanas del cambio de gobierno, con Keiko Fujimori (Fuerza Popular) próxima a iniciar funciones presidenciales, el futuro del expresidente Pedro Castillo no luce prometedor. No solo los múltiples pedidos de indulto a su favor, en el caso de conspiración para la rebelión, no cumplen con los requisitos. Hay otro proceso en curso, con una orden de prisión preventiva vigente, del que tampoco puede librarse.

En detalle

Cuando Castillo ya se encontraba recluido en el penal de Barbadillo (Ate), con una prisión preventiva por el caso del golpe de Estado, surgió otra prisión preventiva en su contra, de 36 meses, en una investigación por presunta organización criminal y colusión.

La medida se amplió por doce meses más en marzo último y ahora vencerá el mismo mes del 2027. Por ello, Castillo, para el caso de un indulto, no solo incumple el requisito de la sentencia firme –por conspiración para la rebelión–, sino que carece del exceso de carcelería para recurrir al “derecho de gracia” y pedir la extinción de la causa penal por corrupción.

Según el reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales, el presidente José Balcázar solo puede ordenar un derecho de gracia si “la etapa de instrucción”, hoy investigación preparatoria, “ha excedido el doble de su plazo más su ampliatoria”. En febrero del 2026, el juez Edhin Campos amplió por 20 meses más dicha etapa a pedido de la Fiscalía.

El penalista Andy Carrión detalló a Correo que “el delito de organización criminal tiene los plazos más extensos, pues solo en la etapa preliminar pueden otorgarse 36 meses”. Por ende, la etapa no ha excedido el doble de su plazo más su ampliatoria, con lo cual, según Carrión, “habría una limitación”.

Por su parte, el constitucionalista Luis Roel indicó que “la gracia presidencial otorgada de forma inválida e inconstitucional puede revocarse de oficio por el próximo presidente”, pero ello podría ser inútil si Castillo se asila.

No hay gracia que salve a Castillo de prisión preventiva

Requisito indispensable es que se compruebe un exceso de carcelería, pero los plazos de investigación están en el marco de lo que señala la ley. Optar por esta opción sería ilegal

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