Normativa del Tribunal Constitucional fija orden para relevar a sus magistrados
Normativa del Tribunal Constitucional fija orden para relevar a sus magistrados

El Reglamento Normativo del  (TC) establece un orden de precedencia entre sus integrantes, el que debe respetarse cuando hay una renovación parcial de los magistrados de esa institución, si en el pleno del Congreso de la República no se alcanzan los votos para elegir a los seis miembros que deben reemplazarse.

Así lo aseguró Óscar Urviola Hani, exintegrante de dicho colegiado, quien precisó que dicha norma estipula que el tiempo de inscripción en el Colegio de Abogados respectivo es determinante, si es que —como en este caso- hay varios magistrados que deben ser sustituidos y todos ellos juramentaron al cargo el mismo día, es decir, tienen la misma antigüedad en el máximo organismo interpretativo de la Carta Magna.

"El orden de precedencia en el TC es el de presidente, vicepresidente y magistrados por orden de antigüedad en el cargo y, en caso de igualdad, por el de mayor antigüedad en la colegiatura", reza el artículo 9 del citado reglamento.

Sobre esa base, Urviola advirtió que se quebrantaría la autonomía del TC si se pretende usar otro criterio, como el del número de votos que obtuvo cada miembro en el Parlamento, salvo que el pleno del propio Tribunal lo admita.

Observación

Urviola sostuvo que no hay precedente de remover primero a los magistrados que obtuvieron menos votos en el pleno.