Mediante una resolución suprema en la que se argumenta que la delincuencia organizada ha “sobrepasado la capacidad de la Policía” en Lima y Callao, el Gobierno autorizó que las Fuerzas Armadas (FF.AA.) intervengan en labores de seguridad ciudadana.
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El objetivo -refiere la Resolución Suprema 191-2021-IN, promulgada ayer en el diario El Peruano- “es asegurar el control y el mantenimiento del orden interno”, así como “prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales a las Regiones Policiales de Lima y Callao” durante 30 días calendario”.
“La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta”, agrega el dispositivo suscrito por el presidente Pedro Castillo y los titulares de Defensa, Walter Ayala, e Interior, Luis Barranzuela.
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La decisión desencadenó polémica y hasta cuestionamientos por parte de exministros del Interior, ex altos mandos de las Fuerzas Armadas y políticos. Por ejemplo, Fernando Rospigliosi sostuvo que no hay una justificación para adoptar una medida así (ver recuadros).
MARCO LEGAL
Sobre su legalidad, no hay mayores objeciones. La intervención de los militares se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional. y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2020-DE.