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Alianza para el Progreso votará a favor de ley de impedimentos para postular, anuncia Carmen Omonte

Se tiene previsto que el dictamen sea sometido a debate en el pleno para su segunda votación en la primera semana de setiembre.
Carmen Omonte adelantó que su bancada respaldará la ley que establece los impedimentos para postular a cargos de elección popular. (Foto: GEC)

Actualizado el 30/08/2020, 07:00 p.m.

La vocera alterna de Alianza para el Progreso (APP), Carmen Omonte, adelantó que su bancada respaldará la ley que establece los impedimentos para postular a cargos de elección popular, la cual será sometida a debate para su segunda votación en la primera semana de setiembre.

“Alianza para el Progreso va a sentar una posición clara en este punto y votará en bloque por este proyecto ya en su etapa de segunda votación, pues al tratarse de una reforma constitucional así se requiere”, dijo Omonte a la Agencia Andina.

La parlamentaria destacó que esta norma permitirá que los mejores ciudadanos del país tengan la oportunidad de servir en un poder del Estado tan importante como es el Congreso de la República, así como en otras instituciones.

En ese sentido, recalcó que es fundamental que todos los partidos asuman el compromiso y se sumen a la causa por el futuro del país y por la imagen de clase política frente a los ciudadanos.

“Esta es la oportunidad que todos los partidos puedan dar al país señales claras de que buscan recuperar ese vínculo de confianza con la ciudadanía logrando candidaturas que no impliquen cuestionamientos serios respecto a su idoneidad”, subrayó.

Cabe recordar que el presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama, anunció que la ley que establece los impedimentos para postular a cualquier cargo de elección popular se pondrá a debate en la primera semana de setiembre.

El pasado 5 de julio la representación nacional aprobó en primera votación el dictamen con 111 votos a favor, 14 en contra y cero abstenciones.

La norma modifica el artículo 34-A, precisando que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por delito doloso.

De igual forma, cambia el artículo 39-A, a fin de establecer que dichas personas están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza.

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