Con esta nueva modificatoria, contemplada en la Resolución Nº 000082-2025/JNAC/RENIEC, la cual fue oficializada en el diario El Peruano, los ciudadanos que requieran acceder al servicio de consultas en línea deberán presentar menos datos.
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De acuerdo a la norma, el servicio de suministro de información será ofrecido a través de las siguientes modalidades: a) vía internet, b) vía línea dedicada.
Para acceder a cualquier modalidad del servicio de consultas en línea se requiere previa autorización del Reniec". Así, el usuario del servicio de consultas en línea accederá a través del nivel de información que el Reniec determine, previo análisis legal y técnico.
Con esta nueva modificatoria, los ciudadanos mayores de edad que requieran acceder al servicio de consultas en línea deberán presentar los siguientes datos en nivel 1: Código Único de Identificación (CUI o número de DNI), nombres, apellidos (incluye apellido de casada), fecha de emisión del DNI, observaciones y/o restricciones y sexo.
En tanto, en el nivel 2, fecha de nacimiento, estado civil, dirección, ubigeo de la dirección, fecha de fallecimiento.
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Reniec redujo el número de datos para acceder al servicio de consultas en línea
Con esta nueva modificatoria, los ciudadanos que requieran acceder al servicio de consultas en línea deberán presentar menos datos