Defensoría del Pueblo (Foto: Archivo Correo)
Defensoría del Pueblo (Foto: Archivo Correo)

Rolando Luque, coordinador de trabajo electoral de la afirmó este jueves que -para dicho organismo- el carácter general de las elecciones “no está determinado por la concurrencia de tres elecciones: presidenciales, congresales y Parlamento Andino”, sino por la elección de la ciudadanía de autoridades con competencia nacional.

Esto, luego que el Jurado Nacional de Elecciones ( precisó ayer que aquellas agrupaciones políticas que no alcancen al menos seis congresistas en más de una circunscripción o, en su defecto, el 5% de votos válidos en el ámbito nacional, no perderán su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

A interpretación del JNE, en este proceso electoral convocado para el 26 de enero, no corresponde aplicar lo estipulado en el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Políticas, por tratarse de “un proceso extraordinario y no de una elección general, como establece la norma”.

“Lo que la Defensoría en este punto sostiene es que el carácter general de la elección no está determinado por la concurrencia de tres elecciones: presidenciales, congresales y Parlamento Andino sino que, fundamentalmente, es porque estamos eligiendo autoridades de carácter nacional, eso es lo que le da el sentido de general porque la ciudadanía entera acude a votar para elegir a autoridades que tienen competencia nacional”, explicó Luque en RPP.

Sin embargo, el especialista prefirió no señalar la posición oficial de la Defensoría del Pueblo al respecto, puesto que -indicó- le corresponde pronunciarse a la oficina especializada.

“Lo que podría adelantar es que el objetivo de la valla electoral es el de ir depurando la participación de organizaciones políticas que no tienen una adecuada representatividad, que no tienen un número suficiente de militantes y, por consiguiente, la tendencia debe ser a crear un sistema de partidos estable, consolidado y con una presencia a nivel nacional incluso más allá de temporadas electorales, que tengan vida política con relación a los ciudadanos”, agregó.

Rolando Luque resaltó que la opinión que emita la Defensoría del Pueblo sobre la determinación el JNE no es vinculante, por lo que, “no hay vuelta atrás” en la no aplicación de la valla de inscripción.

“Esa decisión aplica para esta elección de modo que más bien vamos pensando en la elección del 2021, donde efectivamente la valla podría funcionar porque hay una valla para la representación y hay una valla para suprimir la inscripción. Son dos vallas las que están establecidas en la ley”, acotó.