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Sánchez defiende su “ley procrimen”

El candidato presidencial de Juntos por el Perú negó que la Ley 31989 favorezca al crimen organizado, aunque restringe el accionar policial para intervenir a mineros informales que usan explosivos sin autorización, razón por la cual el CAL considera que dicha norma promueve estructuras delictivas
Roberto Sánchez recibe respaldo de sindicatos, colectivos y organizaciones indígenas de cara a la segunda vuelta. (Foto: Juntos por el Perú)

Randy Ortiz

Actualizado el 31/05/2026, 07:00 a.m.

El candidato presidencial de Juntos por el Perú (JP), Roberto Sánchez Palomino, salió a defender su voto a favor de la Ley 31989, norma que restringe las facultades policiales para intervenir a mineros ilegales que tienen inscripción suspendida en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y utilicen materiales o artefactos explosivos.

En declaraciones a la prensa desde Breña, el aspirante al sillón de Pizarro precisó que “defiende” la minería artesanal y rechazó que la mencionada ley sea considerada “procrimen”.

Sin embargo, el Colegio de Abogados de Lima (CAL) incluyó la norma en cuestión en la lista de leyes dadas por este Congreso que “promueven el crimen organizado”.

Sustento

El gremio jurídico incluyó la Ley 31989 de manera explícita entre las normas que, según su análisis, promueven estructuras delictivas en el país.

El CAL identificó dos categorías de disposiciones problemáticas: aquellas que favorecen directamente a estructuras delictivas y aquellas que sostienen economías criminales.

La Ley 31989 quedó en el primer grupo, junto con otras como la Ley 31012, de protección policial; la Ley 32052, sobre partidos políticos; la Ley 32316, de extinción de dominio; y el Decreto Legislativo 1585, sobre hacinamiento en penales.

El Colegio de Abogados de Lima sustentó su posición en un estudio del impacto de estas disposiciones y advirtió que, en conjunto, crean un sistema que dificulta la sanción de delitos y genera impunidad.

Para el gremio, estas normas y sus modificaciones fueron aprobadas de manera aislada, sin considerar el aparato penal como un todo integrado por policías, fiscales, jueces y operadores penitenciarios.

Por tal motivo, el 19 de agosto de 2025, el CAL presentó al Congreso una iniciativa legislativa que busca derogar por lo menos 13 leyes que “atentan contra la seguridad ciudadana y protegen el crimen organizado”.

Cuestionada

La Ley 31989 modificó el marco legal de la lucha contra el crimen organizado y la minería ilegal en el Perú, al derogar la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1607, que modificaba la Ley contra el Crimen Organizado (N° 30077).

Esta contrarreforma eliminó la facultad de la Policía para intervenir y detener de manera directa a los mineros en proceso de formalización que poseyeran explosivos o insumos químicos sin la autorización correspondiente.

Cabe señalar que la Ley 31989 se originó por la acumulación de seis proyectos legislativos, entre los cuales figura el 7049/2023-CR, presentado el 15 de febrero de 2024 por el congresista Luis Kamiche, del grupo parlamentario Cambio Democrático-Juntos por el Perú (CD-JPP).

Roberto Sánchez figura como su coautor.

La iniciativa buscaba eliminar la obligación de que los mineros inscritos en el Reinfo presentaran, en un plazo de 90 días calendario, un contrato de explotación o cesión debidamente inscrito en los Registros Públicos.

Los mineros que no cumplieran ese requisito perdían su inscripción de manera automática y su actividad pasaba a considerarse ilegal, con las consecuencias penales y administrativas correspondientes.

La propuesta alegaba que exigir un contrato de explotación para mantenerse en el proceso de formalización minera era una condición que muchos pequeños mineros no podían cumplir.

Por tal motivo, según el proyecto, es de necesidad pública la protección de estos mineros, a quienes definió como “aliados del Gobierno en la lucha contra el crimen organizado”.

Añade que su organización gremial funcionó como barrera frente al avance de estructuras criminales en zonas extractivas.

Evolución

La iniciativa legislativa fue revisada en dos comisiones del Congreso, la de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas; así como la de Energía y Minas, el 19 de febrero de 2024.

El 13 de marzo de 2024 fue debatida en el pleno y consiguió su aprobación en la primera votación, con 73 votos a favor, 16 en contra y 11 abstenciones.

El voto de Sánchez fue afirmativo, aunque su bancada estuvo dividida: cuatro de los nueve congresistas de JP que estuvieron presentes se opusieron.

No obstante, el proyecto sumó los votos favorables de las bancadas de Fuerza Popular (17), el Bloque Magisterial de Concertación Nacional (8), Perú Libre (7), Alianza para el Progreso (7) y Renovación Popular (6).

Incluso, los No Agrupados sumaron 10 votos más.

Junto con Podemos Perú, Perú Bicentenario y Somos Perú, que tuvieron cuatro votos a favor cada uno, la norma logró aprobarse por mayoría.

Tras exonerarse de una segunda votación, la Ley 31989 fue promulgada el 20 de marzo de 2024, con la firma de la expresidenta Dina Boluarte.

Análisis

El abogado penalista Andy Carrión explicó a Correo que la Ley 31989 incide en la persecución de delitos específicos vinculados a la minería ilegal, al limitar la capacidad de incautación e investigación de la Fiscalía y la Policía.

“Al quitarle esta herramienta, estás debilitando absolutamente la lucha contra este tipo de delitos”, alertó.

Para Carrión, la ley genera un vacío operativo que favorece la circulación de esos insumos sin posibilidad de respuesta inmediata del Estado.

“Lo único que va a promover esta ley es, de alguna manera, descontrolar los materiales que antes eventualmente podían ser incautados”, dijo.

Carrión subrayó que la minería ilegal no opera de manera aislada, sino que es eje articulador de una cadena de delitos que golpea a la sociedad peruana, como el sicariato, la extorsión y la trata de personas, y que dificultar su persecución agrava el conjunto.

“No se está luchando eficazmente contra uno de los delitos que más está arreciando a nuestra sociedad durante los últimos años” concluyó el especialista.

Por su parte, el abogado ambientalista César Ipenza precisó que la norma le quitó a la Policía la posibilidad de incautar explosivos a mineros con inscripción suspendida en el Reinfo, y que esa restricción carece de justificación legal.

“Un minero con Reinfo suspendido no debería estar operando de acuerdo a la ley, entonces no se entiende por qué tendría que tener explosivos”, señaló el especialista.

El experto rechazó el argumento de que la norma protege un proceso de formalización legítimo, y sostiene que la intervención policial no interfiere con la formalización sino que opera sobre mineros que ya no deberían estar activos.

“Esta norma sí ha debilitado la lucha contra el crimen organizado, porque es una herramienta que permite a las organizaciones criminales decir que están quizá usando o transportando para la minería informal con Reinfo suspendido, pero en la práctica está yéndose a la extorsión, al sicariato y actividades vinculadas a las organizaciones criminales”, concluyó Ipenza.

Sánchez defiende su “ley procrimen”

El candidato presidencial de Juntos por el Perú negó que la Ley 31989 favorezca al crimen organizado, aunque restringe el accionar policial para intervenir a mineros informales que usan explosivos sin autorización, razón por la cual el CAL considera que dicha norma promueve estructuras delictivas

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