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Tribunal Constitucional anuló fallo que absolvió a Rómulo León y otros implicados en “Caso Petroaudios”

Máxima instancia en materia constitucional ordenó que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema emita un nuevo pronunciamiento.
Rómulo León Alegría había sido absuelto en el Caso Petroaudios. (Foto: GEC)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 05/02/2021, 04:31 p.m.

El Tribunal Constitucional (TC) anuló la resolución de la Corte Suprema que absolvió al exministro aprista Rómulo León Alegría, al empresario Jostein Kar Kjerstad y otros, por los delitos de tráfico de influencias y cohecho pasivo propio en el caso denominados ‘Petroaudios’.

Dicho caso se vinculó a presuntas irregularidades en las licitaciones de lotes petroleros en beneficio de la empresa noruega Discover Petroleum durante el segundo gobierno de Alan García (2006-2011). Sin embargo, ninguno de los procesados fue hallado responsable por estos hechos.

Según informó el diario El Comercio, la máxima instancia en materia constitucional acogió el recurso de amparo que interpuso la Procuraduría Anticorrupción contra el fallo de mayo del 2017 donde se ratificó la absolución de los implicados.

En esa línea, declaró nula a resolución y ordenó que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que confirmó el fallo absolutorio, emita un nuevo pronunciamiento.

Según la decisión, en mayoría, la sala suprema no habría dado respuesta uno de los cuestionamientos que formuló la Procuraduría Anticorrupción respecto al debido proceso seguido en el juicio oral contra los implicados.

Y es que, según la defensa legal del Estado, la sala de juzgamiento aceptó de manera extemporánea las oposiciones que formularon los abogados de los procesados contra la orden de entregar los archivos contenidos en los CD y DVD; así como los correos electrónicos de los procesados proporcionados por Perupetro y Petroperú.

Tras el análisis del caso, el TC sostuvo que de la resolución emitida por la Corte Suprema, “se verifica” que esta no se refirió al agravio expresado por la Procuraduría sobre la resolución de la sala de juzgamiento que admitió la oposición de los abogados de los procesados, fuera de tiempo.

“De este modo, se encuentra acreditada la vulneración del derecho fundamental a la debida motivación de la recurrente, por lo que corresponde declarar fundada la demanda y nula la resolución judicial cuestionada”, indicó.

Junto a Rómulo León Alegría y Jostein Kar Kjerstad también fueron procesados y absueltos Lucio Francisco Carrillo Barandiarán, Liliana Tamy Callirgos Ruiz, Elmer Tomás Martínez Gonzáles, Winston Wusen Sam, José Luis Sebastián Calvo. Además de Daniel Antonio Saba de Andrea, César Gutiérrez Peña y Miguel Hernán Celi Rivera.

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