Texto: Sofía López y Gabriel Mazzei
Por mayoría, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda competencial interpuesta por la procuraduría constitucional del Ejecutivo en contra del primer pedido de vacancia que enfrentó -por el caso “Swing”- el expresidente Martín Vizcarra Cornejo, una moción que el Parlamento rechazó en setiembre último.
Los magistrados Ernesto Blume, Manuel Miranda, Augusto Ferrero y José Luis Sardón denegaron la demanda, mientras que Marianella Ledesma (presidenta del TC), Eloy Espinosa Saldaña y Carlos Ramos votaron a favor de admitirla. Así lo informó el propio TC, cuya sede, ubicada en el cruce de los jirones Áncash y Azángaro, en el Centro de Lima, es conocida como la “Casa de Pilatos”.
La resolución en mayoría, que será publicada esta mañana, optó por no pronunciarse sobre el fondo de la demanda, ya que el expresidente Vizcarra fue finalmente vacado, explicó Marianella Ledesma en declaraciones a RPP.
Con ello, agregó la magistrada, sigue sin existir reglas claras sobre qué se entiende por incapacidad moral permanente, el argumento central del Legislativo para sustentar los dos pedidos la vacancia contra el hoy exmandatario Vizcarra. En consecuencia, en el futuro quedará a juicio de los parlamentarios el interpretar la incapacidad moral para eventuales nuevas mociones.
Ledesma explicó que sus colegas magistrados que rechazaron la demanda competencial aplicaron la figura legal de la “sustracción de la materia”.
“Quiere decir que el señor Vizcarra como ya está vacado, el TC no se tiene que pronunciarse al respecto”, explicó Ledesma.
Sobre su voto y la de los tribunos Ramos y Espinosa, sostuvo que la decisión del Congreso que culminó con la salida de Vizcarra de la presidencia fue irregular y que, por ello, el TC -máximo intérprete de la Carta Magna- debía sellar esta discusión.
Más tarde, en un pronunciamiento público, la magistrada señaló que “el pleno del Tribunal Constitucional (en mayoría) ha decidido no decir nada, dejando la duda tanto a los que votaron en favor de la causal invocada en le vacancia como de los que no votaron”.
“Hemos sido testigos en estas últimas semanas de cómo una interpretación ambigua e imprecisa de la incapacidad moral permanente ha generado turbulencia e inestabilidad política, al punto de provocar la salida del poder de dos presidentes de la República. Hoy, el Tribunal Constitucional ha tenido en sus manos la posibilidad y el mandato ético e imperativo de resolver esa ambigüedad”, subrayó la titular del TC.
Agregó que el Tribunal Constitucional “ha perdido la posibilidad de haber dejado sellada la interpretación constitucional” sobre la incapacidad moral permanente.
“Nos quedamos con el enigma de si (en el Congreso) fue correcto haber utilizado esta causal de vacancia contra Martín Vizcarrra. Es la duda que la historia tendrá que responder porque, lamentablemente, el Tribunal Constitucional no lo ha hecho”, enfatizó.
Como se recuerda, en la audiencia de demanda competencial, desarrollada el pasado miércoles, el procurador del Ejecutivo, Luis Huerta, pidió al TC delimitar dicho término a fin de evitar escenarios similares al de la vacancia de Vizcarra.
El exmandatario, finalmente, fue vacado el pasado 9 de noviembre, tras las revelaciones de los aspirantes a colaboradores eficaces que lo sindicaban de haber recibido presuntas coimas a cambio de obras públicas cuando fue gobernador de Moquegua.
OPOSITOR. Por su parte, Ernesto Blume, uno de los tribunos que votó en contra, indicó que al tratarse de un procedimiento que “concluyó con el archivamiento de la solicitud de vacancia”, lo que correspondía era “declarar la sustracción de la materia”.
Consideró que el país vive hace “25 años en democracia” y “ha sido capaz de salir bajo las reglas” de esta de situaciones que se han venido presentando, por lo que -refirió- deben ser “prudentes” al ya haberse aprobada una vacancia posterior.
En esa línea, agregó que, teniendo en cuenta el agitado contexto sociopolítico de las últimas semanas, “no es prudente (...) que el Tribunal esté echando leña al fuego y esté haciendo crecer esta situación que no contribuye a la pacificación del país”.
Sobre la incapacidad moral permanente, Blume manifestó que es una cláusula presente en la Constitución que “ha sido usada en muy pocas oportunidades” y que, en todo caso, no es necesario delimitar este concepto.
VOCES. Por su parte, Óscar Urviola, extitular del TC, consideró que esta era una gran oportunidad para que se pronuncien sobre el desequilibrio de poderes que genera la causal por permanente incapacidad moral. “Para que establezca una serie de parámetros y hacer una interpretación más acotada”, añadió en Canal N.
En la misma línea, el constitucionalista Luciano López explicó que se estarían quebrando dos líneas jurisdiccionales que maneja la institución.
El primero sería el artículo 106 del Código Procesal Constitucional, que establece que independientemente de lo que hagan las partes, “la regla es que el TC siempre culmine con sentencia”.
Sobre la segunda, el abogado precisó que se refiere a la “línea pacificadora jurisdisprudencial” que tiene el TC. “En este tipo de procesos, más ejerce el rol que se le ha dado, el ser intérprete de la Constitución”, apuntó.
López aclaró que el tema trasciende a Martín Vizcarra y tiene que ver más con la estabilidad de la institución presidencial.
Desde el Legislativo las reacciones tampoco tardaron. Si bien el parlamentario Franco Salinas (Acción Popular) destacó que el TC tuvo todo el derecho de declarar improcedente la demanda, consideró que debió pronunciarse sobre el fondo. “Para que no se hable de un supuesto golpe de Estado”, afirmó.
Por su parte, Guillermo Aliaga (Somos Perú) indicó que la respuesta del TC no es una victoria o una derrota. “La resolución que van a emitir se acata”, aseguró.
“Veo que la independencia de poderes está primando”, afirmó a su turno Lenin Checco, del Frente Amplio.
No se descarta que en los próximos días algunas bancadas presenten proyectos para efectuar modificaciones a algunos artículos de la Constitución.