El documento lleva la firma de la abogada Delia Revoredo Marsano, como presidenta de dicho organismo; de la activista indígena Tarcila Rivera; de la cantante y compositora Susana Baca y la del abogado Gastón Soto Vallenas.
El documento lleva la firma de la abogada Delia Revoredo Marsano, como presidenta de dicho organismo; de la activista indígena Tarcila Rivera; de la cantante y compositora Susana Baca y la del abogado Gastón Soto Vallenas.

Distancia. El Tribunal de Honor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) manifestó ayer que “no tiene jurisdicción ni competencia” sobre el organismo electoral, “ni sobre las decisiones que tomen sus miembros”.

Los cuatro integrantes del tribunal respondieron así a los cuestionamientos de diversas bancadas del Congreso en contra de los magistrados del JNE por un presunto cambio de voto para favorecer a algunos candidatos, entre ellos, al expresidente Martín Vizcarra, quien postula al Parlamento por Somos Perú.

“La autonomía e independencia que caracteriza el ejercicio de las atribuciones del Tribunal de Honor impide que sus decisiones estén sujetas a mandatos imperativos de otros órganos electorales. De igual manera, está impedido de intervenir en las decisiones del Jurado Nacional de Elecciones, órgano constitucionalmente autónomo e independiente”, se lee en el comunicado emitido por el Tribunal.

El documento lleva la firma de la abogada Delia Revoredo Marsano, como presidenta de dicho organismo; de la activista indígena Tarcila Rivera; de la cantante y compositora Susana Baca y la del abogado Gastón Soto Vallenas.

FUNCIONES. El Tribunal de Honor indicó que son las organizaciones políticas firmantes del Pacto Ético Electoral las que deciden qué ciudadanos conforman este espacio, cuyas funciones “están circunscritas al comportamiento ético” de los partidos y de sus candidatos.

“El Tribunal de Honor ejerce tales funciones con absoluta autonomía del JNE y en consecuencia no está sometido en sus decisiones a dicho órgano constitucional ni a partido o individuo político alguno”, añadieron.

Asimismo, señalaron que del contenido del pacto ético se desprende “una serie de obligaciones que asumen los partidos políticos y los candidatos con la finalidad de que la campaña electoral se desarrolle en un marco de mutuo respeto”, sin afectar la imagen, el honor y la reputación de los participantes.

Por lo que, ante incumplimientos por parte de algún postulante o partido, les corresponde pronunciarse, exhortar o requerir que se mantenga un comportamiento ético y respetuoso.