Mucho se ha dicho del proyecto de la Unión civil, donde se especulaba de las intenciones de las parejas homosexuales para adoptar niños, pero poco se conoce de la ley 26981. Ésta le permite a las personas solteras, no refiere la orientación sexual, poder adoptar a un niño en estado de abandono. Lo que no está permitido es que las parejas homosexuales puedan realizarlo.
NORMA. La ley está vigente desde octubre del año 98. Al consultarle sobre el caso a la encargada de la Oficina de Unidad de Adopciones en Junín, la psicóloga Celina Romero, ella dice: “El problema es cuando estas personas tienen pareja. Pero si no tienen una relación si podrían”, comenta. Además habla del rechazo de la Unión Civil. Las familias adoptivas, son familias.
No hay que ver las distinciones de género, sexo o raza, adopciones (la oficina) no los ve de esa forma. Solo evalúa a los adoptantes como seres humanos. Hay personas solteras que son aptas para adoptar”, finalizó.
En la región son cientos de menores abandonados y el Poder Judicial retrasa sus investigaciones para poder declararlos adoptivos. La norma dice que en 6 meses un niño puede ser adoptado, pero como vamos actualmente, los jueces se demoran más de un año”, dijo Romero. En el albergue de Coto Coto por ejemplo está el caso de Rubén (25), Yordi (20), Angelica (15) y otros niños de 0 y 12 años en espera por un hogar.
Menores. En los 13 albergues de la región, hay más de 25 menores que tiene una declaración consentida de adopción. Es decir que pueden ser adoptados. El trámite puede realizarse en el jirón Cuzco N° 1576 en Hyo o al 217058.