La compañía aseguradora La Positiva aclaró que se encuentra imposibilitada de cumplir con la medida correctiva impuesta por la primera instancia del Indecopi, de pagar en 20 días las indemnizaciones por incapacidad temporal porque hacerlo constituiría una violación directa al Decreto Supremo (DS) Nº 024-2002-MTC.
El artículo 31 de ese DS, “indica claramente que solo las indemnizaciones que no se encuentren disputadas es decir, discutidas u observadas ante el órgano competente, deben ser pagadas. En este caso la mayor parte de los casos considerados por Indecopi, se encuentran disputados en el órgano competente, por lo que, sobre esos casos La Positiva Seguros, amparada en la ley, apelará esta sanción en las instancias competentes”, dice textualmente la empresa.
Señala que son 3 los casos en los cuales el pago no se efectuó dentro del plazo exigido por ley, pero a la fecha ya pagó a los beneficiarios. “La Positiva Seguros pide disculpas por ello y ha procedido a corregir sus procesos internos”, precisa.
Agrega que durante el 2016, atendió 42,456 casos por SOAT, por más de 125 millones de soles en coberturas, mientras que los casos materia de la multa representan el 0.11% del total de los casos que atendió.
El Indecopi) informó que sancionó, en primera instancia, a La Positiva Seguros y a Rímac Seguros por exigir requisitos adicionales a los dispuestos por la ley, para el pago de indemnizaciones del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito).