CTS: Autorizan transferencia de S/ 40 millones para pago en el sector público
CTS: Autorizan transferencia de S/ 40 millones para pago en el sector público

Los trabajadores de las entidades estatales que se encuentran bajo el régimen laboral general y el régimen del servicio civil también recibirán el depósito de  (Compensación por Tiempo de Servicio) de noviembre.

En un Decreto Supremo que se publica hoy en el Diario Oficial El Peruano se detalla que se han destinado S/ 40'600,284 para cubrir la CTS de los trabajadores de distintas instituciones estatales como el Poder Judicial, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios, el Ministerio Público, entre otros. En el decreto refrendado por el Presidente de la República y el ministro de Economía y Finanzas también se detalla que este monto saldrá de la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Cabe señalar que el martes 15 de noviembre se vence el plazo para efectuar este depósito y las empresas que no cumplan oportunamente, podrían ser pasibles de una multa de hasta S/197 mil 500.

Este beneficio equivale a una remuneración por año, que debe ser abonado en dos armadas, en una cuenta especial del sistema financiero elegido por el trabajador, 50% en los primeros quince días calendario del mes de mayo y 50% en el mismo periodo del mes de noviembre.

Tres claves para aprovechar este monto

A propósito, Walter Eyzaguirre, Director Gerente de TGC&W Consultores Asociados y especialista en finanzas personales, sugiere algunas consideraciones teniendo en cuenta que al superar el equivalente a más de cuatro sueldos se puede retirar todo el dinero excedente.

1. ¿Dónde se abona la CTS? En una cuenta especial en la institución financiera que el trabajador decida, actualmente existe una diversidad de opciones en el mercado financiero, por lo que será importante evaluar la seguridad y rentabilidad que brinde la entidad elegida a nuestros depósitos.

2. ¿Cómo funciona el retiro de la CTS? Por ejemplo, si se gana S/ 2,000 y se tiene en la cuenta CTS un acumulado por S/ 10,000, se podrá disponer y retirar en el momento que se desee los S/ 2,000 excedentes. Es importante tener claro que este beneficio es un monto de dinero que será el respaldo para los trabajadores que se queden sin trabajo a fin de evitar tener problemas financieros.

3. ¿Qué hacer con la CTS? Si tenemos alguna deuda y contamos con la posibilidad de retirar los excedentes, lo recomendable es amortizarla. En el mejor de los casos, una institución financiera paga hasta 7.5% por los depósitos de , los intereses de las deudas de tarjetas y de créditos personales van en promedio del 40% al 15% en el mismo orden, por lo que es mejor amortizar la deuda para pagar menos intereses en el tiempo.

TAGS RELACIONADOS