Luis Arroyo afronta nuevo juicio por caso "desratización"
Luis Arroyo afronta nuevo juicio por caso "desratización"

El nuevo juicio oral contra el detenido exalcalde de la provincia del Santa,  Rojas, por el sonado caso conocido como la “desratización” podría iniciarse en junio de este año.

Esto, luego que la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia decidiera declarar fundado el recurso de nulidad que presentó la defensa del exburgomaestre a la condena de 15 años de cárcel que pesaba contra él por el presunto delito de colusión, que se habría cometido cuando Arroyo se desempeñaba como gerente de la Subregión Pacífico, por encargo del también preso César Álvarez Aguilar.

De esta forma, el colegiado de la Suprema, ordenó dejar sin efecto la condena dictada por los miembros de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte de Justicia del Santa, el pasado 30 de enero de 2015.

Además, los jueces indicaron que Arroyo y los demás procesados deberían afrontar un nuevo juicio oral por este caso, cuya conducción dederá estar a cargo de otros magistrados.

Desde la Corte de Justicia del Santa, se informó que el nuevo proceso judicial por esta denuncia estará a cargo de la Sala Penal Liquidadora Permanente.

Los jueces que tendrían a su cargo el nuevo juicio serían Daniel Vásquez Cárdenas, Mardely Carrasco Rosas y Walter Lomparte Sánchez; informó el presidente de la Corte de Justicia del Santa, Williams Vizcarra Tinedo.

“Confío en que estos jueces se encuentran adecuadamente capacitados para realizar un proceso judicial, teniendo en cuenta las observaciones realizadas por la Corte Suprema”, expresó Vizcarra.

El juez indicó que la decisión dada por la Suprema deberá ser acatada por las partes.

Asimismo, explicó que en un nuevo juicio oral, las partes procesales (Ministerio y Público y los acusados) podrían presentar nuevas pruebas para los fines que creen conveniente.

Vizcarra estimó que este nuevo juicio oral sea más corto que el anterior proceso judicial.

La resolución de la Corte Suprema fue publicada ayer por la tarde en el sistema de seguimientos de expedientes judiciales, sin embargo aún no era notificada a las partes procesales.

Una vez que esta llegue hasta la Corte de Justicia del Santa, se estiman por lo menos 15 días para las notificaciones sobre la fecha seleccionada para el inicio del nuevo proceso judicial.

CORRECIONES. Entre las razones fundamentales para que la Sala Penal Transitoria, presidida por el juez César San Martín Castro, resolvieran declarar nula la sentencia contra Arroyo y los demás procesados; se señala que la condena solo fue dictada por el delito de colusión, pese a que la acusación inicial que formuló el Ministerio Público, comprendía los presuntos ilícitos de colusión, peculado y falsedad documental . Los vocales señalan que sus homólogos del Santa quizá consideraron que se trata de un “concurso de leyes” , cometidos en un solo hecho. Sin embargo la Suprema indica que esto se hizo “sin exponer la motivación justificativa correspondiente”.

Otro “error” observado durante el proceso judicial, es la “falta de cuidado en la definición y en el análisis de los delitos”.

A estos errores, precisa la resolución, “se une la ausencia de una actividad probatoria para un juicio justo”. Para la Suprema faltó considerar en la etapa de juicio las declaraciones de Carlos Alfonso Gamio Joaquín, Zena Zelma Quispe Chávez, Aurelio Pastor La Rosa y Víctor Yober Cruzado Paredes.

“Estas declaraciones permitirán contar con elementos de prueba suficientes para una debida apreciación de los hechos” que se le imputan a los acuasados, precisa la disposición judicial.

“A criterio de la Corte Suprema, se ha incurrido en nulidad porque los magistrados que integraron el colegiado han sumido diversas figuras penales en una que es la de colusión. Esa es una actuación procesal de la Sala que no ha sido compartida por la Corte Suprema”, explica el presidente de la Corte del Santa Williams Vizcarra.

El juez remarcó que la decisión de la Sala no precisa si es es que el fallo “estuvo mal o estuvo bien, sino dice que no hay las razones suficientes que sustenten esa figura jurídica”.

Indicó que “son temas jurídicos que tienen que ver con una calificación rigurosa de los hechos”.

“Es un argumento de forma pero que sí tiene que ver con el tema de fondo, porque la Corte Suprema en otras palabras quiere decir que se le debe comunicar al imputado cuáles son los delitos para que se pueda defender”, señaló.

“INJUSTA”. En tanto el abogado Erasmo Reyna Alcántara quien ejerce la defensa de Yony Rohel Benites Saldaña, consideró que la sentencia en contra de su patrocinado, fue “injusta”.

“No habido un juicio justo, la sentencia está plagada de una serie de errores y una falta de motivación en las pruebas en contra de los procesados, se ha omitido reiterada documentación relevante”, señaló.

Adelantó que en los próximos días, tras la notificación de la disposición de la Suprema, establecerá cuál será la estrategia de defensa y si es que consideran pertinente el ingreso de nuevas pruebas.

LOS PROCESADOS. Además de Arroyo todos los procesados por este caso se ven beneficiados por la decisión judicial. Muchos de ellos se mantenían en la condición de prófugos de la justicia, pero con esta ejecutoria, las órdenes de captura quedan sin efecto.

Junto con Arroyo fueron condenados Luis Andrés Caipo Paredes, Yony Rhoel Benites Saldaña, Jorge Meléndez Iberico, Óscar Edwar Salgado Olivo, Miguel Ángel León Estrada, Wilmer Alcántara Huertas y Santiago Humberto Reyes Ascenjo. Para estos dos últimos, se determinó pena suspendida de cuatro años, reducida a tres, bajo reglas de conducta.

Para Arroyo, Caipo Paredes y Meléndez Ibérico, Benites Saldaña, Salgado Olivo y León Estrada, se determinó también 180 días multa y tres años de inhabilitación para ejercer la función pública.

Asimismo, se fijó como reparación civil el pago de 250 mil soles, sin perjuicio de devolver más de 3 millones de soles que se pagó por el servicio de fumigación y supervisión.

Todo esto ha quedado sin efecto, por ahora.

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