Corte de justicia aprobó recurso de la defensa de excongresista Javier Velásquez.
Corte de justicia aprobó recurso de la defensa de excongresista Javier Velásquez.

Una denuncia por presunta corrupción contra el excongresista del Partido Aprista Peruano (PAP), Javier Velásquez Quesquén, fue archivada provisionalmente por orden del Poder Judicial.

La juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Margarita Salcedo Guevara, aprobó la cuestión previa presentada por la defensa del exparlamentario para que se deje sin efecto todas las actuaciones judiciales.

En el año 2020, el Ministerio Público abrió investigación contra Velásquez por colusión agravada, al existir indicios de que cuando fue congresista, realizó visitas a la sede del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),  en el periodo 2011-2021, para interceder a favor de las pretensiones de la Concesionaria Trasvase Olmos S.A. de la empresa Odebrecht, que se encargó de la construcción del Proyecto de Irrigación Olmos.

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La jueza Salcedo sostiene que el exlegislador no puede ser procesado penalmente como un ciudadano de a pie, ya que cuando ocurrieron los hechos que se le imputan, ocupaba un alto cargo en el Estado.

La Fiscalía no ha demostrado que se cumplió con el procedimiento legal, que establece la Constitución y el Reglamento del Congreso.

Esto quiere decir que la Fiscalía de la Nación debió-primero- denunciar a Velásquez ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, para que desde ahí se continúe un trámite, que bien podría terminar en el levantamiento de la inmunidad parlamentaria.

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Sobre este tema, la Procuraduría Anticorrupción señaló, durante una audiencia, que la inmunidad solo debe considerarse por el último periodo congresal.

Sin embargo, la juzgadora anotó que esta pretensión no puede ser atendida, ya que Velásquez estuvo en el cargo de congresista de manera ininterrumpida (2011-2016 y 2016-2021).

“Si el trámite para altos funcionarios del Estado no se ha cumplido, debe ser estimado el medio de defensa presentado”, se alcanza a leer en la resolución de la magistrada.

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