Procuraduría denuncia a funcionarios de UE Iestp
Procuraduría denuncia a funcionarios de UE Iestp

La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - Sede Sullana, denunció ante el Ministerio Público a cuatro funcionarios de la unidad ejecutora de Institutos Superiores de Educación Pública (Iestp) y a un postor por presuntas irregularidades en una licitación.

A todos ellos, entre quienes figura el director de la entidad, Víctor Agüero Bernuy, se les imputa la supuesta comisión del delito de negociación incompatible en agravio del Estado.

Las faltas por las que han sido denunciados se habrían cometido en el proceso de selección para el “Mantenimiento integral del Iestp Huarmaca - Huancabamba”, por un monto de 187 mil nuevos soles, que fue adjudicado a un postor que estaba inhabilitado para contratar con el Estado.

ANTECEDENTES. En agosto del 2013, la mencionada unidad ejecutora entregó el “Mantenimiento de pintado de pabellones y mantenimiento del Iestp Luciano Castillo Colonna - Talara”, al Consorcio Luciano, conformado por Pukara Consultoría y Construcciones Eirl y a Marcial Fernando Boulangger Adrianzén.

No obstante, una denuncia por una supuesta presentación de documentos falsos motivó una investigación de parte del Tribunal de Contrataciones del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (Osce).

El resultado de este proceso fue una sanción de 3 años de inhabilitación para contratar con el Estado a Marcial Boulangger, tal como se lee en la resolución N° 1807-2014 - TC - S1 del 16 de julio del 2014.

La pena se hizo efectiva seis días después de emitido el documento.

FALTAS. Por esos días, la unidad ejecutora de Iestp convocó el proceso de selección para el “Mantenimiento integral del Iestp Huarmaca - Huancabamba”.

El 21 de julio, se entregó la buena pro del servicio al inhabilitado Marcial Boulangger.

No obstante, el postor, a través de una carta, desistió de la misma porque se hallaba sancionado para contratar con el Estado.

Ante ello, la entidad dispuso que la licitación se realice nuevamente.

Esta vez, el ganador fue Venta, Servicios y Construcciones Adringsa S.R.L., que curiosamente presentaba la misma dirección fiscal que el postor sancionado.

Peor aún, Marcial Boulangger aparecía como representante legal de esta empresa y firmó el contrato para la ejecución del servicio.

Pero eso estaba prohibido por la Ley de Contrataciones.

REACCIÓN. El hecho fue dado a conocer por Correo en su edición del miércoles 5 de noviembre del 2014.

Tras ello, la Procuraduría Anticorrupción hizo un requerimiento de información a la unidad ejecutora, que respondió con el informe N° 098-2014, en el que concluía que hubo negligencia por parte del Comité Especial Permanente.

“Al no verificar dentro de los documentos presentados por la empresa, las condiciones legales de sus miembros o representantes legales, por lo que se debe remitir los actuados a la Comisión de Procesos Disciplinarios del gobierno regional”, indicaron.

En tanto, el Comité, en su informe N° 004-2014, manifiesta que el Osce no advirtió que la empresa Adringsa S.R.L. estaría impedida de contratar con el Estado mientras tenga como representante legal a una persona natural que estaba inhabilitada de contratar con el Estado.

Además, señala que “la abultada carga de trabajo de este Comité Especial Permanente, distrajo la atención de éste al revisar la información”.

IRREGULAR. Para la Procuraduría Anticorrupción, los funcionario habrían actuado indebidamente al no tomar las medidas correctivas después de que el sancionado postor desistiera de la buena pro por estar inhabilitado.

Por el contrario, se la volvieron a dar, aunque representando a una empresa.

“El director, el Comité y el contratista con conocimiento pleno de las normas (...) dispuso que el contrato N° 059-2014-GRP-UEISEPRP sea celebrado con fecha 08 de septiembre del 2014 y ejecutado, con lo cual se le favoreció al contratista conforme al acta de recepción del servicio de fecha 06 de noviembre del 2014”, advierte el su escrito ante el Ministerio Público.

Asimismo, agrega que se debió impedir que Marcial Boulangger participe y sea postor ganador.

“De este modo los denunciados, presuntamente vulneraron los principios y deberes de probidad, neutralidad, imparcialidad, establecidos en los artículos 6,7 y 8 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, los que se sustentan en los principios que derivan de los artículos 38 y 39 de la Constitución”, precisó.

En ese sentido, agrega que “consideramos que en su accionar tuvo conocimiento de todos los elementos objetivos del tipo penal de Negociación Incompatible”. 

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