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La propuesta del cardenal Cipriani de someter a referéndum la posibilidad de que personas del mismo sexo contraigan matrimonio ha vuelto a visibilizar los riesgos de abordar asuntos de derechos y libertades humanas con criterios de una doctrina religiosa y no con lo establecido en la Constitución.

Uno de los mayores peligros que corre cualquier sociedad es lo que ocurre con esa propuesta: pretender que una mayoría arrincone a una minoría para desconocer sus derechos y libertades. Ejemplos sobran en la historia: esclavitud, voto femenino o derechos de los afrodescendientes. En esos casos, una mayoría pensaba que las personas que pertenecían a esos grupos debían tener menos derechos porque, de alguna manera, eran menos ciudadanos. Naturalmente la historia demostró lo equivocado de esas posturas.

Para evitar que se repitan situaciones irracionales como las mencionadas, nuestra Constitución prohíbe referéndums sobre derechos humanos, tales como el derecho a la igualdad ante la ley y la libertad. ¿Qué mayor liberad que tomar la decisión de casarte con otra persona? Todo está en el artículo 32 de nuestra Constitución. Es fácil de leer y entender.

El Estado y la sociedad tienen la obligación de respetar y reconocer derechos por igual para todos, sin importar cuántos estén a favor o en contra. Aunque esté de más decirlo, el Estado peruano debe actuar a la luz de la Constitución, no de una religión.

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