Referéndum 2018: Cinco delitos electorales que debes evitar hoy domingo 9 de diciembre
Referéndum 2018: Cinco delitos electorales que debes evitar hoy domingo 9 de diciembre

Este domingo 9 de diciembre se llevará a cabo el , en el que se estima que participarán más de 24 millones de ciudadanos, que responderán a 4 preguntas claves que definirán el futuro político del país. Muchos electores no saben que los  en las cabinas de votación, subir fotos de las cédulas de sufragio a redes sociales, obstaculizar el proceso de votación, entre otros, son delitos electorales que podrían llevarlos a prisión.

Más de 18 mil miembros de mesa recibirán capacitación

Según Augusto Linares, abogado penalista del Estudio Linares Abogados, explica cuáles son esos delitos y cómo evitar caer en problemas legales este domingo:

Señala que que el Código Penal protege tres momentos del proceso electoral, el primero es el normal desarrollo del mismo, sin impedimentos o perturbaciones; el segundo, la libertad de sufragio del elector, es decir sin condicionamientos ni inducciones, y por el último, el resultado del proceso electoral, sancionando la conducta de quienes pretendan alterarlo, entre ellos:

Perturbación o impedimento de proceso 

Según el Código Penal, toda persona que en este referéndum actúe con violencia o amenaza, perturbando o impidiendo el proceso electoral será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años. 

“Por ejemplo, una manifestación que bloquee el acceso a una sede de sufragio es un claro ejemplo de cómo se podría configurar el artículo 354, ya que esas personas estarían evitando que los electores cumplan con su derecho de votación”, señala Linares.

Resultado de imagen para site:diariocorreo.pe voto

Inducción a no votar

El especialista explica que el dar dádivas, ventajas o promesas a cambio de orientar su voto a favor a una de las preguntas del referéndum, también es un delito.

Esto sucede muy a menudo en los procesos electorales y, si el hecho es denunciado, el implicado podría ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

Suplantación 

Para el abogado penalista, los casos suplantación de votantes son poco públicos pero suceden por desinformación, pues se piensa que se está haciendo un favor, sin embargo, por este tipo de acciones se podría afrontar pena de libertad no menor de un año ni mayor de cuatro años.

3506 delitos se han denunciado en Junín en lo que va del añoÂ

Retener el DNI de una persona

Despojar a un ciudadano, indebidamente, de su documento de identidad o retenerlo con el propósito de impedirle que sufrague también es considerado un delito electoral queserá castigado con una penano menor de dos ni mayor de ocho años.

Publicitar tu voto

Este es uno de los delitos que más se comete en épocas electorales: el declarar públicamente durante el acto electoral, tomarse un selfie con la cedula del referéndum y subirla a las redes sociales. 

En ese sentido, el especialista detalla que de alguna manera se estaría haciendo publicidad electoral y la autoridad podría entender este acto como una maniobra para influenciar en la decisión de voto de su red de contactos y como consecuencia se podría afrontar una pena privativa de libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario.

Finalmente, el especialista de Estudio Linares Abogados aconseja a la población a seguir correctamente el proceso de referéndum, ya que todos estos hechos han sido considerados como delitos en el Código Penal para que la gente pueda hacer uso libre de su derecho a voto con total libertad, sin ser perturbado o inducido.