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Un nuevo problema se avecina para los más destacados líderes del Partido Nacionalista, es decir, el presidente de la República, Ollanta Humala, y su esposa, la primera dama , la máxima responsable de ese grupo político.

Y es que la 57 Fiscalía Provincial Penal de Lima, a cargo de María Cecilia Aguilar Vela, dispuso la reapertura de las investigaciones en torno a los llamados “aportes fantasma” que el Partido Nacionalista habría utilizado para financiar la campaña electoral de 2011, que llevó a la “pareja presidencial” a Palacio de Gobierno.

UN CASO ANTIGUO. Hace unas semanas, el excongresista nacionalista Pedro Santos denunció en un programa de TV, a partir de documentación oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que durante la anterior campaña electoral el Partido Nacionalista recibió de forma irregular S/.21 millones por concepto de “aportes”, de los cuales S/.11 millones no fueron bancarizados.

Este caso ya había sido visto el año 2011, pero una serie de sucesos irregulares impidieron el desarrollo de las pesquisas.

El expediente, por ejemplo, nunca ingresó a la Mesa de Partes del Ministerio Público, conducto natural que sigue cualquier tipo de denuncia.

El fiscal Jorge Sanz Quiroz, entonces a cargo del caso, tampoco le asignó un número (código de identificación) al expediente, es decir, la investigación no tuvo partida de nacimiento.

Es más, dentro del Sistema Informático de Administración (SIAF) del Ministerio Público, no aparece inscrito. En otras palabras, se traspapeló.

Sospechosamente, Sanz Quiroz, quien inició de oficio en 2011 las pesquisas, archivó de manera provisional, en enero de 2013, el caso que involucra a Nadine Heredia y a su hermano Ilan en el presunto delito de lavado de activos.

En noviembre de 2014, el suspendido fiscal de la Nación Carlos Ramos Heredia -primo en sexto grado de la Primera Dama- ratificó el archivamiento.

Pero el procurador de la ONPE, Manuel Cabrera Espinoza Chueca, no perdió de vista el caso y apeló la decisión fiscal, acción que reactivó la referida investigación.

Nuevas pruebas remitidas por su despacho fueron incluidas dentro del expediente y serán analizadas por la fiscal Aguilar Vela.

LAVADO DE ACTIVOS. Además, por tratarse de un caso que involucra blanqueo de capitales, el expediente fue remitido al despacho del fiscal superior Rafael Vela Barba, coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio.

“La suscrita, en cumplimiento de lo dispuesto por la señora Fiscal Superior de la Séptima Fiscalía Superior Penal de Lima, 13 de marzo de 2015, ha emitido resolución disponiendo proseguir con la investigación fiscal contra Pedro Julián Bautista Santos Carpio, Mario Julio Torres Aliaga y los que resulten responsables por la presunta comisión de los Delitos de Falsedad Genérica y Lavado de Activos en agravio del Estado, así como emitir a vuestro Superior despacho el informe correspondiente a mérito de los artículos 5 y 12 del Reglamento de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio aprobado en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 227-2014-MP-FN”, se lee en la disposición fiscal a la que accedió Correo.

La misma resolución incluye declaraciones del propio Santos, quien señala que su firma fue falsificada y utilizada a la hora de rendir cuentas, por medio de documentos, sobre los millonarios aportes electorales ante la ONPE.

Es más, el exnacionalista presentó legajos a la Fiscalía donde se demostraría que el verdadero tesorero del Partido Nacionalista fue Ilan Heredia.

A CONTROL INTERNO. De otro lado, el fiscal supremo de Control Interno, Pedro Chávarry, dispuso remitir todos los actuados de las pesquisas a la Oficina Descentralizada de Control Interno (ODCI), a fin de que se abra investigación en contra del exfiscal Sanz Quiroz, quien actualmente se desempeña como juez superior penal en el distrito judicial de Cañete.

Junto a Sanz también han sido incluidos varios colaboradores de su despacho.

Y es que no solo el exfiscal habría archivado irregularmente el caso -sin llamar a los denunciados a rendir su manifestación- sino que tampoco notificó oportunamente a las partes sobre el archivamiento del caso.