Muchas dudas continúan sin ser despejadas en el marco del actual proceso electoral. Tras el debate generado sobre la vigente Ley de Organizaciones Políticas N°30414, surgen otras interrogantes acerca de su contenido. Una de ellas advierte un vacío legal con respecto a los partidos que se retiran de la contienda electoral y la vigencia de su inscripción.
Los abogados constitucionalistas Javier Valle-Riestra y Fernando Calle han sostenido que la Ley N° 30414 -que empezó a regir el 18 de enero- no especifica si las agrupaciones que se retiran de un proceso electoral se mantendrán vigentes ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
“La ley no está clara”, expresó tajante Valle-Riestra.
Entre tanto, Calle sostuvo que las condiciones para el retiro de una candidatura deben ser específicas.
“Siendo una norma en la cual el Jurado puede interpretar, está en la obligación de llenar esos vacíos aclarando, usando incluso normas supletorias”, manifestó.
CUESTIÓN DE FONDO. Como es sabido, diversos partidos políticos están retirando sus candidaturas a las próximas elecciones generales para evitar que su inscripción ante el ROP sea cancelada.
Ello en base a que la actual Ley de Organizaciones Políticas establece que se cancela la inscripción de una organización partidaria si no alcanza el 5% de los votos válidos a nivel nacional o por no participar en dos elecciones generales sucesivas.
En ese contexto, algunos partidos creen que el retiro de esta contienda equivale a no participar en un proceso electoral.
Sin embargo, Calle pidió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que aclare si los partidos que están retirando sus candidaturas, con el objetivo de salvar sus inscripciones, serán considerados como no participantes en el proceso. “Esto lo tiene que definir el Jurado”, dijo.
Además, opinó que las alianzas y partidos que se inscribieron en enero deben ser considerados como participantes. “Han pasado el periodo de tacha y oficialmente todos son candidatos”, recordó para ilustrar el caso.
Sobre la posibilidad de mantener la inscripción con el retiro de la candidatura, Valle-Riestra sostuvo que ello no puede ser interpretado de esa forma, pues “las agrupaciones ya participaron” aunque luego hayan decidido retirarse.
ÚNICO CASO. Correo consultó a personal del JNE sobre si las agrupaciones que se retiran del actual proceso mantendrán su inscripción. A manera de respuesta, se nos alcanzó la Resolución N°0106-2016-JNE, publicada el 24 de febrero en el diario oficial El Peruano.
El documento respondió a una consulta del Frente Popular Agrícola FIA del Perú (Frepap), el cual informó que no iba a participar en estas elecciones y deseaba saber si mantendría su inscripción.
En la resolución de respuesta al Frepap se enumeran las causales de cancelación de inscripción detalladas en la Ley N°30414, siendo una de ellas no superar la valla electoral.
Además, se enfatiza que se cancelaba la inscripción por no participar en dos elecciones generales sucesivas.
La resolución que responde a la consulta del Frepap fue difundida en El Peruano ante la duda que podrían haber tenido otras agrupaciones. “En vista de que la presente comunicación implica la aplicación de una disposición de carácter general, este órgano colegiado considera oportuno emitir pronunciamiento”, se lee en el documento.
Cabe resaltar que el partido que fue fundado por Ezequiel Ataucusi fue el único que consultó al JNE.
DUDA VITAL. No obstante, quedó la duda sobre aquellas organizaciones que se inscribieron, es decir, participaron en parte del proceso, pero retiraron sus candidaturas. De esta forma, no obtendrían ningún voto y no alcanzarían la valla electoral.
Fuentes del Jurado precisaron que las organizaciones que se retiraron antes de que se empiece a imprimir la cédula de sufragio serán consideradas como no participantes, pero aquellas que renunciaron luego serán catalogadas como participantes.
En el primer grupo están Siempre Unidos, Perú Patria Segura y el Partido Nacionalista. En el segundo grupo está Perú Libertario, cuyo retiro fue anunciado ayer.
Cabe resaltar que si en adelante Perú Posible, Orden, Democracia Directa, Solidaridad Nacional y otras que no superarían la valla electoral se retiraran del proceso, igual perderían su inscripción al ser consideradas “participantes” por el JNE.
ANÁLISIS. Según Calle, el JNE debe establecer la fecha en que se empezará a catalogar a las agrupaciones como participantes en la contienda electoral.
“Quedará a interpretación del Jurado. Lo que va a pesar es cómo se entiende cuándo ya estás oficialmente en contienda”, expresó.
“Lo que va a quedar en debate es qué va a pasar cuando ya han participado por completo en el proceso”, añadió.
En opinión del especialista, como los partidos sí han participado en el proceso electoral, no podrían alegar, con su retiro antes de la votación, que no lo han hecho. “Me da la impresión de que no van a lograr evitar la pérdida de la inscripción”, manifestó.
En este contexto, insistió en que el JNE se pronuncie sobre los plazos en que una candidatura puede ser retirada. “Debe hacerlo de oficio, dejar en claro que en cuanto al retiro de las fórmulas presidenciales o parlamentarias hasta tal fecha era posible (el retiro). Decir a aquellos que aún no están en carrera si ya no pueden retirarse o sí”, sostuvo.
Calle descartó que un retiro de la candidatura pueda realizarse hasta un día antes de la elección, pues esta debe ser aceptada por el Jurado Electoral Especial correspondiente y este trámite puede prolongarse hasta por una semana.