La candidata presidencial del Frente Amplio, Verónika Mendoza, infringió la Ley Orgánica de Elecciones al utilizar ambientes del Colegio Médico del Perú para presentar, el último lunes, a los integrantes de su equipo técnico.
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La falta electoral, que puede tener incluso consecuencias penales, está contemplada en el artículo 184 de la norma, en la que se establece que -entre otras instituciones públicas- las sedes de los colegios profesionales no pueden ser usadas para la “realización de conferencias, asambleas, reuniones o actos políticos de propaganda electoral”.
Pese a ello, Verónika Mendoza hizo uso del auditorio de la institución de médicos, ubicada en la cuadra 7 del Malecón de la Reserva (Miraflores), para anunciar los nombres de las personalidades que la acompañarían de llegar a la Casa Pizarro.
ALQUILADO. Según fuentes del colegio profesional, Verónika Mendoza habría alquilado el local a través de un tercero por un monto de 1425 soles aproximadamente, costo equivalente a dos horas.
El informante acotó que un miembro del Frente Amplio habría solicitado formalmente el pedido del auditorio al administrador de la institución, Marlon Oliva.
En comunicación con Correo, Oliva negó que se haya pagado por el espacio, pero no supo explicar bajo qué criterios cedieron sus instalaciones para la actividad.
Sin embargo, Julio Castro, vocero de la agrupación política, confirmó que dicha institución les cedió en arrendamiento su auditorio. “El Colegio Médico, como otros colegios profesionales, pone a disposición sus ambientes para las diferentes instituciones. (...) En efecto, se alquiló”, respondió.
Añadió que en este caso no habría infracción de la ley, porque es usual que en esta “entidad privada” se hagan actividades, como debates o presentación de propuestas de los candidatos.
SANCIONES. Al respecto, el experto en temas electorales Julio César Castiglioni ratificó la infracción al afirmar que está claramente tipificada en la normativa electoral.
Sobre la sanción, dijo a Correo que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 podría abrirle un proceso administrativo sancionador o denunciarla penalmente, como establece el artículo 388 de la ley.
De acuerdo con este apartado, la pena podría ser desde tres meses a dos años por “organizar o permitir manifestaciones políticas dentro de zonas prohibidas”.
En esta línea, Castiglioni explicó que -de considerarse está sanción- el JEE de Lima Centro 1 debe solicitar un informe sobre el caso a la Gerencia de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
“Fiscalización emite el informe al JEE, este evalúa y si lo considera pertinente envía el pedido al procurador del Jurado Nacional de Elecciones para que haga la denuncia”, expresó.

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