Los bancos Ripley Perú S.A. (Banco Ripley) y el Banco Falabella del Perú S.A. (Banco Falabella) fueron sancionados por la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) del Indecopi, en primera instancia, por el cobro indebido de penalidades por pago atrasado.
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El proceso atrasado terminó afectando a sus clientes de tarjeta de crédito en el mes de noviembre de 2014. La institución detalló que la multa para Banco Ripley es de 27.6 UIT equivalente a S/ 111,780; y para Banco Falabella fue de 5.4 UIT que equivale S/ 21,870.
Asimismo, Indecopi ordenó como medida correctiva a favor de los usuarios, la devolución de los importes cobrados indebidamente. Según lo resuelto, el cobro de penalidades por pago atrasado se habría realizado sin respetar los criterios informados en los tarifarios de los bancos.
El Banco Falabella no presentó apelación por lo que pagó la multa impuesta y cumplió con la medida correctiva ordenada por la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3), mediante la Resolución 214-216/CC3. Mientras, que Banco Ripley se encuentra dentro del plazo de apelación del monto de la multa impuesta.
DATO
Según el Código de Protección y Defensa del Consumidor este accionar configura una infracción al deber de idoneidad.
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