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MEF deja sin efecto modificación de la Programación de Compromisos Anual para entidades

El MEF dejará sin efecto el artículo 5 de la Resolución Directoral N° 0030-2024-EF/50.01, el cual establecía disposiciones excepcionales para actualizar la Programación de Compromisos Anual del 2024 por parte de las entidades de los tres niveles de Gobierno
  • Banco Central de Reserva confirmó crecimiento económico del país en 3,1%
  • Caja Arequipa compra la cartera de activos y pasivos de Financiera Credinka, informó la SBS
MEF.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 21/09/2024, 04:23 p.m.
  • Banco Central de Reserva confirmó crecimiento económico del país en 3,1%
  • Caja Arequipa compra la cartera de activos y pasivos de Financiera Credinka, informó la SBS

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dejará sin efecto el artículo 5 de la Resolución Directoral N° 0030-2024-EF/50.01, el cual establecía disposiciones excepcionales para actualizar la Programación de Compromisos Anual (PCA) del 2024 por parte de las entidades de los tres niveles de Gobierno.

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A través de una resolución directoral que próximamente se publicará en edición extraordinaria de Normas Legales del diario El Peruano, se señala que diversas entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales han manifestado que no han alcanzado a certificar y comprometer de forma oportuna su presupuesto para la entrega de los bienes y servicios.

La PCA es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos con la real capacidad de financiamiento para el año fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral, por la Dirección General de Presupuesto Público del MEF.

El objetivo de la medida es que las entidades puedan actualizar la PCA en las genéricas de gasto “Bienes y servicios” y “Adquisición de activos no financieros”, además de coadyuvar con la atención oportuna de la ciudadanía y el cumplimiento de los objetivos institucionales de las entidades.

La resolución se enmarca en uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Asimismo, la norma lleva la rúbrica del director general de Presupuesto Público, Rodolfo Acuña.

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